sábado, 30 de mayo de 2015

La unidad del sistema jurídico - artículo en La Razón

La unidad del sistema jurídico
SERGIO TAPIA T.

El Parlamento Nacional o Congreso de la República, es el poder el Estado cuya atribución principal es dar las leyes que regirán las conductas de los ciudadanos dentro del territorio de la República.
En primer lugar, esto de las leyes que nos rigen se convierte en un problema, y el modo como provienen los legisladores no forma parte de la solución, cuando ellos –los congresistas– son elegidos cada cinco años (dentro de la normalidad democrática, la que a veces padece interrupciones de diversa temporalidad).
Nuestros congresistas son electos según el vaivén ideológico y los ritmos pendulares de las orientaciones y preferencias de los múltiples electores.
A ello, se suma, el signo ideológico que podrían tener las mayorías parlamentarias, inestables en la continuidad. Inestabilidad que felizmente gozamos, al no padecer el régimen totalitario del castrismo ni del chavismo, ni la moda re-eleccionaria a la boliviana, argentina, brasilera, etc.
El Congreso se ha abocado a discutir un nuevo Código Penal, pues, son tan numerosos los pedidos para modificar el actual Código Penal, que se consideró mejor hacer uno nuevo.
En estas discusiones y planteamientos, se observa la necesidad de guardar coherencia dentro del propio sistema jurídico nacional: La constitución defiende la vida del concebido, el Código Civil legaliza los derechos del que está por nacer. Por lo que no es propio que mediante el Código Penal se trastoque la figura delictiva del aborto, que es la interrupción de la vida del que está por nacer.
Aquí, en este tema, los defensores cabales de la vida del ser humano juegan un rol importante, frente a las posiciones feministas y socialistas.

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 29 de mayo de 2015, pág. 6


Blog (colección artículos publicados en La Razón): http://sergiotapiatapia.blogspot.com/

sábado, 23 de mayo de 2015

Persecución religiosa, hoy - artículo en La Razón 22/05/2015

Persecución religiosa, hoy
SERGIO TAPIA T.

            Es usual considerar la persecución religiosa como algo histórico. Como hechos que ocurrieron y que lamentamos hayan ocurrido. De los que hay posibilidad de rememorar, y de expresar nuestra admiración por quienes sufrieron en sus carnes y en sus huesos la violencia y el martirio. Y, casi inclinados a no pensar que hoy pueda haber persecución religiosa.
Evocar persecuciones religiosas, es recordar las primeras centurias del Cristianismo cuyas comunidades fueron objeto de persecución implacable judeo-romana. La Historia registra la orgía de sangre provocada por las revoluciones ideológicas: Tanto la Revolución de la Burguesía Liberal de origen dieciochesco; así como, la Revolución Socialista en sus diferentes vertientes –todas tiránicas– como el comunismo leninista-estalinista durante 50 años en Rusia, tan genocida como impune; el socialismo-masónico mexicano de los años veinte; el fascismo italiano y el nazismo alemán y sus demás variantes en otros países; el anarquismo-comunista de la guerra civil española de 1936-1939; el relanzamiento asiático-latinoamericano de la subversión guerrillero-terrorista promocionada por el comunismo durante la guerra fría.
En nuestros días, hay una actualización criminal de un neo-islamismo persecutor.
Pero, cuesta que ya andando en el tercer lustro del Siglo XXI, se verifique la perpetración de la persecución religiosa, desde la negación del ejercicio de la libertad religiosa, hasta el asesinato violento y martirizante.
            Hay ONGs que, enarbolando las banderas de los derechos humanos con las que usualmente caracterizan su actuar, extrañamente exigen a las autoridades del Estado para que las ideas religiosas de los ciudadanos no sean ni admitidas, ni escuchadas.
En el intento Bruce del matrimonio homosexual y en el debate de estos días en torno a la legalización del aborto. Observen como la ideología expresa su vanidosa intención de pretender erradicar la cosmovisión religiosa de la persona humana. Horadando el derecho inalienable de la libertad de convicción religiosa y de la libre expresión de la fe coherente con el actuar: ¡Qué tal tiranía!

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 22 de mayo de 2015, pág. 6


Blog (colección artículos publicados en La Razón): http://sergiotapiatapia.blogspot.com/

La salud de la República

La salud de la República
SERGIO TAPIA T.

            La República es una de las formas legítimas para gobernar la Nación.
La Nación somos todos los peruanos presentes, y los que vendrán mañana.
Los que vivieron ayer, en nuestro territorio nacional, pertenecen a la Patria, son el pasado.
La enfermedad de la Nación compromete la salud de la República.
La Nación sufre si las personas no están bien constituidas y mantienen conductas perniciosas; y como consecuencia causan desajustes en el modo de gobernar.
Si los procesos de sociabilidad interpersonal no se practican, no se desarrollan convenientemente. Causarán déficit, que desordena la República.
Hay una íntima unidad entre sociedad y política. El fortalecimiento de la Nación, resana la acción política; y las carencias de la Nación producen malestar en la República.
¿De dónde surgen los ciudadanos calificados para ser jueces, para ser militares, para ser legisladores o gobernantes? Pues, de las familias, de la estructura social actual, de la Nación.
Si la Nación se enferma, correremos el riesgo de generar crisis endémicas en el Estado.
La enfermedad de la sociedad nacional es la falta de virtud, que perjudica el cumplimiento de las leyes, aún de las mejores.
Nuestra mayor riqueza es la integridad moral de la Nación, porque garantiza la salud de la República.
El deterioro nacional se inicia con el relajo ético expresado por el libertinaje de las relaciones anti-natura, de la facilidad del aborto, de la indignidad de la eutanasia. Todas ellas son expresiones de la decrepitud, a escala social.
La baja en la observancia de las obligaciones ciudadanas, produce la exigencia de adoptar medidas represivas.
Cuando las leyes no se cumplen, por falta de convicción; se recurre a la imposición de la disciplina externa, la represión, para moderar los excesos.

Publicado en el diario “La Razón,” Lima, viernes 15 de mayo de 2015, pág. 6


Blog (colección artículos publicados en La Razón): http://sergiotapiatapia.blogspot.com/

viernes, 8 de mayo de 2015

La KGB y la Teología de la Liberación


La KGB y la Teología de la Liberación

SERGIO TAPIA T.

 

            La Teología de la Liberación, producto europeo que se auto-presentó como la respuesta auténtica “latinoamericana” a los desafíos del decenio de los setenta, habría tenido conexión orgánica con la inteligencia ruso-comunista: la KGB. Afirma general rumano.

La Teología de la Liberación surge en circunstancias de que EEUU yacía entre los escombros de su derrota político-militar en el sudeste asiático (Vietnam y Camboya), y la URSS lideraba la ofensiva ideo-política del mundo socialista, y la China maoísta se relanzaba al abismo ideológico con su “Revolución Cultural”.

En los predios reflexivos de la Iglesia Católica, motivó sospechas: ¿Podía hacerse sana teología, si la base filosófica era el materialismo dialéctico ínsito en la ideología marxista?

El debate fue arduo, tenso y fructífero. La Iglesia rechazó aquella “Teología de la Liberación” contaminada por el análisis marxista de la realidad. Y, distinguió que la conjugación de términos “teología-de-la-liberación” podía ser legítimamente admisible en una visión teológica que centrara la “liberación” en las acepciones y significados concurrentes con lo propio de la teología.

Así, ese inicial instrumento de trasbordo ideológico marxista, en el pensamiento cristiano, quedó pasmado y sin posibilidades de éxito, gracias al largo pontificado de San Juan Pablo II.

Recientemente Ion Mihai Pacepa, general rumano de los servicios secretos comunistas, exiliado desde mediados de los setenta en los EEUU, ha revelado que el sector de la KGB liderado por el general Aleksandr Sakharovsky, fue quien suscitó la “teología de la liberación”, nombre que se alineaba a otras organizaciones de fachada auspiciadas por el comunismo soviético, como la pluralidad de movimientos, ejércitos y frentes denominados también “de liberación”.

Sostiene el general rumano Mihai Pacepa que cuando concluyó la lectura de Gustavo Gutiérrez, le pareció que había sido escrita en el cuartel general de la KGB.

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 8 de mayo de 2015, pág. 6


Blog (colección artículos publicados en La Razón): http://sergiotapiatapia.blogspot.com/

lunes, 4 de mayo de 2015

Opiniones inconstitucionales en proyectos de ley (2)


Opiniones inconstitucionales en proyectos de ley (2)

SERGIO TAPIA T.



 

            Una abogada que no es juez, sustentó ante la Comisión de Justicia del Congreso la “opinión técnica” del Poder Judicial sobre el Proyecto de Ley que despenaliza el aborto por violación sexual.

            El Poder Judicial, no es una ONG. No puede exponerse a las veleidades del la ideología de género, ni al vaivén del marxismo gramsciano. Ni adoptar posturas reduccionistas y relativistas.

Los magistrados peruanos, ordenados jerárquicamente, edifican un conjunto de órganos estatales encargados de la delicada función de “dar a cada uno su derecho”, como dice elocuentemente la vieja definición del jurista romano Ulpiano, de sabia simplicidad, sobre lo que es la “justicia”.

            El artículo 107 de la Constitución también otorga iniciativa legislativa a los poderes del Estado “en las materias que le son propias”. Y, el artículo 80 de la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuye a la Sala Plena formada por todos los magistrados supremos “titulares”, el ejercicio de iniciativa legislativa. Sólo los vocales supremos titulares, actuando colegiadamente, están facultados para presentar proyectos de ley al Congreso.

No hay autorización para que en nombre del Poder Judicial, alguien más emita “opiniones técnicas” sobre Proyectos de Ley en trámite en el Congreso.

Sin embargo, en nombre del Poder Judicial, se  ha hecho lo que no debe hacerse. Y es trascendentalmente grave. Porque compromete y cuestiona la prudencia que ha de guardar quien ejerce la Presidencia del Poder Judicial.

            Si se requiere opinión autorizada para proyectos de ley, recurrir a la experiencia y la prudencia de algunos rectos maestros universitarios, y de autores que contribuyen a enriquecer la doctrina del derecho. Si tal persona fuese juez, se le pedirá su opinión personal, suficientemente autorizada.

            No hay opinión institucional válida, en estos menesteres.

 

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 30 de abril de 2015, pág. 6


Blog (colección artículos publicados en La Razón): http://sergiotapiatapia.blogspot.com/