Juzgar jueces, encarcelar policías
Sergio Tapia
La semana se inició con la decisión
en el Congreso, por amplia mayoría, de admitir la Denuncia Constitucional, que
yo he formulado contra cuatro de los siete miembros del Tribunal Constitucional
(TC), en mi calidad de abogado del Personal Naval injustamente perseguido por
su victoria contra el Partido Comunista del Perú (equivocadamente llamado
“Sendero Luminoso”), en la debelación del motín armado del 18-19 de junio de
1986, por presos. Persecución que se explica por la anidación de la corrupción
caviar (comunistas y socialistas reciclados, que juegan a la democracia), en
determinadas estructuras del Estado.
La decisión adoptada en sesión de la
Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, es de capital trascendencia para
la vida republicana, pues, permite limpiar el aparato del Estado de personas
inidóneas que ejercen mucho poder, sobre la vida y el patrimonio de los
ciudadanos, como en este caso, lo son los magistrados del TC.
Además, despierta esperanzas fundadas sobre la renovación y
revitalización de nuestra República, tan venida a menos por la inmoralidad, la
incompetencia, la impreparación y la decrepitud de la ideologización (cual sea
ésta: político-económica como la del socialismo comunista; económica con
poderes de facto como la del capitalismo salvaje, o la perversa ideología de
género que destruye la base de la Sociedad que es la familia fundada en el
matrimonio, entre varón y mujer).
No todas las denuncias constitucionales son admitidas, casi la
mayoría se califican improcedentes y tienen como destino el archivo. Porque,
según el artículo 89 del Reglamento del Congreso, la admisión de una Denuncia
Constitucional, implica la verificación de que “los hechos o conductas que se denuncian (…) se refieran a hechos que constituyan infracción a la Constitución”.
Por lo tanto, no es una postulación de algo nebuloso con cargo a probanza;
aunque evidentemente prosiga un procedimiento que garantiza el descargo y la
defensa de los acusados. Pero, el procedimiento se da por iniciado, cuando hay
certeza inicial de la existencia de un quebrantamiento constitucional.
Todos los ciudadanos debemos observancia a la Constitución,
pero de manera especial los funcionarios del Estado, porque la Constitución
establece los límites del poder que ellos ejercen, y el equilibrio con los
derechos del ciudadano.
Pro, este caso El Frontón, resulta que los funcionarios que
tienen que garantizar la vigencia de la Constitución para el resto del país y
para todo el Estado, han sido quienes han transgredido groseramente tres
principios constitucionales: modificar la cosa juzgada, someter a procedimiento
distinto del que está establecido por ley, y revivir procesos fenecidos
reabriéndolos.
Estos cuatro magistrados del TC por favorecer intereses
ideológicos, cuando menos; reabrieron un caso de Habeas Corpus cerrado desde el
año 2013; modificaron la sentencia que se había emitido por un anterior
Tribunal Constitucional, es decir, sustituyeron a los jueces naturales de esa
causa; y aplicaron el procedimiento de corrección de errores que se permite
dentro de los 2 días siguientes de emitida la sentencia, haciéndolo 4 años
después.
Estos 4 del TC que fueron elegidos por el Congreso anterior,
son como los 24 policías de las direcciones de criminalística y de
inteligencia, descubiertos como colaboradores de una banda de delincuentes.
Limpiar de elementos indecentes y delictuosos al estado, es
la primera etapa de una necesaria transformación social, política y sobre todo
moral que el Perú y los peruanos reclaman.
Publicado en el diario “La Razón”,
Lima, viernes 30 de junio de 2017, pág. 6
No hay comentarios:
Publicar un comentario