Abortos
Midori
SERGIO TAPIA T.
Herodes
(“el genio malvado de la nación judía”),
al informarse del nacimiento de Jesucristo (El Mesías esperado por Israel), ordenó
la matanza de todos los niños menores de 2 años.
Dos
mil años después, subsisten los herodianos; en el Perú desde hace una semana se
alienta el “aborto terapéutico”. Que es un contrasentido, porque si es “terapéutico” es porque cura; pero en este
caso “mata” un ser humano sano.
La
responsable es la ultra-cuestionada Ministra de Salud Midori de Habich,
economista y señalada como incapaz de conducir el Sector. Su Resolución
Ministerial choca contra todo el ordenamiento jurídico peruano: constitucional,
civil, penal y tratados internacionales.
La
Ministra invade atribuciones del Congreso, que es quien aprueba las leyes. Sólo
mediante la ley se puede obligar a hacer o no hacer. Pues, Midori mediante su
resolución canceló las garantías constitucionales a la libertad y seguridad
personales de los médicos, y pretende dictar el modo de administrar justicia penal
a fiscales y jueces, quienes muy bien saben que el aborto se sanciona
penalmente para proteger la vida del concebido.
Para
maquillar el disparate, se ha dicho que se ha cumplido con una deuda de hace 90
años (refiriendo a que el aborto terapéutico se reguló en el Código Penal de
1924, y hoy se complementa con este protocolo terapéutico). Craso error. Porque
el desarrollo de la medicina es exponencial respecto a épocas pasadas. Hoy se diagnostican
y curan patologías que no se sabían manejar hace 20 o 10 años.
Las
clínicas y hospitales, como cualquier otro negocio, deben obtener certificados
y licencias para poder funcionar. La Resolución Ministerial de Midori es una
licencia nacional que permitirá instalar clínicas abortivas, un negocio rentable
en el orbe.
El
procedimiento Midori es contradictorio. Se inicia cuando el médico tratante informa
a la gestante que ella –no el feto– sufrirá peligro de muerte o grave
enfermedad, si continúa la gestación. Si ella acepta la propuesta de abortar,
se constituye un Junta de tres médicos, y si éstos no recomiendan el aborto, la
gestante puede pedir otra Junta Médica. ¿Con qué fundamento? ¿Con qué razón
científica? ¿Con cuál argumento médico? Con ninguno, aquí el aborto dejó de ser
“terapéutico”, y se transforma a
solicitud. El procedimiento legaliza el aborto, a secas.
Curiosamente
el progenitor no participa de la decisión con la madre gestante.
Las contradicciones
abundan. La vida del concebido no le interesa al Gobierno de Ollanta Humala.
Incurriendo en un grave incumplimiento del tratado internacional, la Convención
sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que
en su el artículo 16-1-d, obliga a los Estados a adoptar medidas para que en
las relaciones matrimoniales y familiares “en
todos los casos, los intereses de los hijos serán la consideración primordial”.
Llama la atención este “chavismo” del Ejecutivo, que peligrosamente
invade funciones de otros poderes. Empezó con los indiscriminados decretos
legislativos para “fortalecer” el
Estado. Ahora lo hace con resoluciones ministeriales.
Publicado
en el diario “La Razón”, viernes 4 de julio de 2014, pág. 06
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