El 4-M y la persona fin supremo del Estado
Sergio Tapia
Mañana, sábado 4 de marzo (4-M) se registrará
una gesta ciudadana principista, enteramente constitucional y de trascendencia
cívica. Tributaria de la marcha que, por más de una decena de años, se realiza los
25 de marzo, exigiendo respetar la vida del niño por nacer. En el caso de la Marcha
del 4-M, está destinada a preservar la vigencia de los principios fundantes de
nuestra república democrática, como son el ejercicio de la patria potestad, el
derecho-deber de los padres de educar a sus hijos y de elegir con toda libertad
el sistema de valores religioso-morales y las escuelas donde estudiarán sus
hijos.
El 4-M se ha ido gestando socialmente
por participación consciente de la ciudadanía. Surgió a raíz de la
confrontación ideológica desatada por un equipo de politizados funcionarios que
detentan en la actualidad –y desde el gobierno anterior–, la conducción del
Ministerio de Educación. Quienes intentan imponer una revolución educativa,
violando la Constitución, el Código Civil, ´el Código de Niños y Adolescentes,
la propia Ley General de Educación y todas las leyes peruanas que han aprobado los
tratados internacionales sobre derechos humanos.
Se ha develado un afán por ejercer delicadas funciones públicas
con violencia irrespetuosa a los derechos fundamentales de los ciudadanos, con
el propósito de imponer un “Currículo Nacional de Educación Básica”. Usurpando
atribuciones de las que carece la Ministra y todo su Ministerio. La Constitución
en su artículo 16 prescribe que el Estado sólo “Formula los lineamientos
generales de los planes de estudios”, porque el artículo 13 reserva para los
padres de familia “el deber de educar a sus hijos y el derecho de escoger los
centros de educación y de participar en el proceso educativo”, y el artículo 14
establece que “La enseñanza se imparte (…), con sujeción (…) a los fines de la
correspondiente institución educativa”.
El espíritu y la letra de nuestro sistema jurídico, que da
forma a nuestro régimen político, republicano y democrático, reposa en la piedra
angular que sostiene todo nuestro orden social: Contar con un Estado suficiente
para servir a la defensa de la persona humana y respetar la dignidad de la
persona humana. Ambas tareas, defensa y respeto de la persona humana, se
proclaman en el artículo 1° de la Constitución como “el fin supremo de la
sociedad y del Estado”.
Mañana, el 4-M, los ciudadanos
peruanos saldrán a las calles en todas las ciudades del país, para exigir al
gobierno del presidente Kuczinsky que su personal en el Ministerio de Educación
desista de la acción maligna que significa aplicar ese ilegítimo Currículo
Nacional de Educación, porque está impregnado de ideología de género, la que
transgrede la naturaleza sexuada del ser humano, y por tanto es inobservante de
aquel límite impuesto al Congreso por el artículo 103 de la Constitución,
principio que es de aplicación extensiva a las resoluciones expedidas por el
Ministerio de Educación: “Pueden expedirse leyes especiales porque así lo exige
la naturaleza de las cosas, pero no por razón de la diferencia de las
personas”.
Publicado en el diario “La Razón”,
Lima, viernes 3 de marzo de 2017, p. 6
Blog (colección artículos publicados en
La Razón): http://sergiotapiatapia.blogspot.com/
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