Lo que faltaba: Persecución religiosa en el Perú
SERGIO TAPIA T.
El
Estado peruano, durante dos siglos, en su numerosa producción de documentos
constitucionales, nunca ha dejado de invocar a Dios, antes de distribuir los
poderes del Estado y de reconocer los derechos naturales de los peruanos.
El Estado peruano no es
laico. En nuestra sociedad, el régimen de las relaciones Estado-Iglesia es de coexistencia
armoniosa. Respetándose mutuamente las propias e innegables competencias de
ambos. Con las variantes de la impronta que cada religión genera. La religión
católica es el Estado Vaticano, con personería jurídica de derecho público, que
le hace capaz de celebrar tratados internacionales bilaterales con el Estado
peruano. La religión judía no es proselitista, anida y se conserva en la
tradición de los hogares de la pequeña colonia judía existente en nuestra
Patria. Los credos cristianos son organizaciones cuyos fieles suelen adoptar
formas del asociacionismo, regulado por el Código Civil.
Sin embargo, cada vez con
más acentuación, el partido electo en el 2016 para gobernarnos, “Peruanos por
el Kambio” (PPK), viene produciendo iniciativas que vulneran los más
elementales derechos de orden natural jurídicamente reconocidos por ser innegables.
Nos
parece insólito que, el grupo parlamentario del pequeño partido que nos gobierna,
haya decidido aprobar el Proyecto de Ley N° 3449, que atropella derechos
fundamentales de los peruanos, porque prohíbe el ejercicio de la libertad
religiosa, y recorta las libertades políticas.
El proyecto oficialista es
invasivo en competencias en las que el Estado no tiene autoridad alguna, como
lo son la conciencia religiosa de los peruanos, y la libertad de los peruanos
de promover su participación política.
Los autores de ese
proyecto de ley, son 8 congresistas gubernamentales: Guía, Lombardi, Donayre
(Patricia; no el general), Flores, Oliva, Sánchez Alva, Sheput (dice, él, que
fue monaguillo) y Violeta (que es varón y vocero de turno del partido).
Esos autores dicen que
tienen el “derecho” de adoptar esta iniciativa de formación de la ley. Pero, se
olvidan de las primeras letras del artículo 93° de la Constitución: “Los
congresistas representan a la Nación”. Y, la nación peruana, censo tras censo,
se declara religiosamente creyente en mayoría aplastante.
Esos 8 congresistas
deberían retirar el proyecto para manifestar su desagravio a la Nación, y a
modo de compensar la ignorancia manifestada en la materia.
Pero, si permanecen como autores
de tal proyecto, no podremos ocultar nuestra congoja por lo pésimamente
representados que estamos en este Congreso, por esos 8.
El proyecto pretende establecer
tres principios que toda religión debe tener, para que sea legalmente aceptada
en el Perú: “valores democráticos”, “cultura democrática” y “prácticas
democráticas”. ¡Qué mamarracho impresentable!
Eso es adulterar la Historia
de las religiones en la tierra: ¿Cuál es la religión que practica “la
democracia” con Dios? ¿Deberemos rehacer los 10 Mandamientos y convocar a Dios
para que vote al lado nuestro? ¿Y, cómo realizamos la asamblea democrática
religiosa, porque si bien Dios es eterno, los seres humanos se renuevan
totalmente a lo sumo en 100 años: Cómo resuelven nuestros 8 legisladores la
antinomia, la aporía, este nunca solucionable problema de convocatoria
democrática?
El proyecto está mal,
porque no cumple con legislar según la naturaleza de la realidad, como se
prescribe en el artículo 103° de la Constitución. Es un proyecto malo, porque
no respeta la naturaleza de las creencias religiosas.
El proyecto recorta
derechos fundamentales, al prohibir bajo la frase “prácticas de proselitismo
político” la inspiración religiosa de la ética política, ya sea la moral judía,
católica, cristiana (luterana, anglicana, evangélica, etc.), mahometana, etc. Impide
toda la moral social, política y económica
A los católicos nos deja
sin Doctrina Social de la Iglesia: ¡Con qué derecho, señores congresistas!
(felizmente son sólo 8, de los 130 congresistas).
El proyecto confiere al
Ministro de Justicia atribuciones para que, por vía reglamentaria, norme cómo
se establecerán las religiones en el Perú y cómo serán autorizadas por el
Estado.
¡Qué tal poder conferido a
un funcionario público! Y a quién le dan tanto poder? Pues, a ese Ministro que
mediante el Decreto Legislativo 1408 del 12 de setiembre, indujo a error al
presidente Vizcarra, quien legislando por delegación del Congreso; estableció que
“la familia es democrática”.
Pues, ahora, ese mismo Ministro
de Justicia (que ni me acuerdo como se llama), el proyecto lo empodera para que
se despache a sus anchas ganas y corto entendimiento, para que establezca como será
una “religión democrática”.
La desgracia se
incrementa cuando carecemos de enemigos con cultura. Porque los perseguidores
de la religión, de acá, no tienen nivel. Son pura huachafería.
Como nota final, el proyecto
tan torpemente malhadado, exige tramitarse bajo el procedimiento de una reforma
constitucional. No es una ley ordinaria, porque no se subordina ni a los
tratados de derechos humanos, ni al texto constitucional.
Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 28 de setiembre de 2018,
p. 9
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