Ley de género, ley infame
SERGIO TAPIA T.
Se
escuchaba hace dos días al presidente chileno, Sebastián Piñeira, dando torpes explicaciones
sobre los alcances de la ley que estaba promulgando: la ley de identidad de
género.
Para Santo Tomás de
Aquino, la ley es una prescripción de la razón, en orden al bien común,
promulgada por aquel que tiene el cuidado de la comunidad.
La ley de género
promulgada en Chile desgarra todos los elementos que componen el concepto de la
ley. Empezando por negar la condición guardián al cuidado de su comunidad, al
presidente que la ha promulgado.
Las
instituciones jurídicas tienen tres elementos: la realidad, la interpretación
de la realidad y la norma. De los tres, propiamente uno es de naturaleza jurídica.
Pero, los tres intervienen en la elaboración de una ley.
La palabra “género” se
introduce en una primera fase, como sinónimo de mujer. En una segunda fase, la
palabra género pasa subrepticiamente a significar los 112 géneros y las 70
orientaciones sexuales que los lobbies gays solicitan sean reconocidos. Por lo
tanto, la intención de los promotores del uso de la palabra género, no es significar
a la mujer, sino significar cualquier cosa menos a la mujer. La palabra género
en realidad oculta a la mujer, no la visibiliza. Y, tampoco género dignifica a
la mujer, porque la hace perder su identidad individual, confundiéndola indecorosamente.
La ley de género
promulgada en Chile, define género en su primer artículo: "consiste en la
facultad de toda persona cuya identidad de género no coincida con su sexo y
nombre registral, de solicitar la rectificación de éstos". Es una ley que
permite alterar la realidad biológica, constatable y verificable. La ley
permite sustituir el dato objetivo por una impresión subjetiva y transitoria.
Ya no podrá identificarse a la personas en Chile como varón como dama. No, esta
categoría ha sido eliminada. La ley eliminó a uno de sus elementos, a la
realidad. Aunque es una eliminación aparente, pues, el cuerpo y los huesos, a
través de los cromosomas XY y XX, siempre identificará a unos y otros como lo
que son: mujeres y varones. Es el sello indeleble de lo biológico.
La nueva ley de género en
Chile, dice: "Toda persona tiene derecho a ser reconocida e identificada
conforme a su identidad de género, en los instrumentos públicos y privados que
acrediten su identidad respecto del nombre y sexo". Para agregar, luego: "se
entenderá por identidad de género la convicción personal e interna de ser
hombre o mujer, tal como la persona se percibe a sí misma". Pura subjetividad
torpe, por exceso de relativismo ignominioso. La ley queda tan distante de la comprensión
acertada de la realidad.
No es una ley aislada e
inofensiva, la ley de género en Chile es un factor de desestabilización y de contradicción
en el sistema jurídico del país. En el 2017 el Congreso de Chile difundió una
Guía de Educación Cívica, que reconoce a los niños el derecho a su identidad y
su familia, y por lo tanto tener un nombre, saber quiénes son sus padres, que
el Estado garantice a sus padres la posibilidad de cumplir con sus deberes y
derechos, y a crecer sanos física, mental y espiritualmente. Todos esos
derechos han sido abolidos por la ley de género, pues ya no tendrán estabilidad
para el nombre que los identifique, no sabrán quienes son sus padres (si a
ellos se les facilita cambiar de identidad de género) y porque el Estado se
entromete en el ejercicio de la patria potestad al autorizar
indiscriminadamente en todas las edades el cambio de género.
Por todo esto y por mucho
más, es una ley infame, que nos advierte a la Nación Peruana estar vigilantes
para evitar el contagio y la epidemia revolucionaria, por su maldad y por su vileza.
Publicado en el diario “La Razón”, Lima, sábado 1 de diciembre de 2018,
p. 8
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