lunes, 17 de julio de 2017

El comunicado no es del Tribunal Constitucional - artículo La Razón

El comunicado no es del Tribunal Constitucional
Sergio Tapia

            El miércoles de esta semana El Comercio, Perú21, La República y Diario Uno, publicaron por contrato y pago del espacio, un texto firmado por 4 miembros del Tribunal Constitucional (TC), los que individual y personalísimamente son objeto de un procedimiento de acusación constitucional ante el Congreso de la República.

Ese trámite recién se está iniciando, y ni siquiera está en la etapa de notificación de la denuncia para conocimiento de los denunciados. Más adelante, ellos podrán ejercer su derecho de defensa, e irrestricta. Así como los denunciantes, tendrán el espacio procesal para probar sus pretensiones.

Pero, en la actual estación procesal, tan prematuramente de inicio, los 4 miembros del TC optan por lanzar “su comunicado”. Y, dirigido al Congreso como se expresa en el numeral 4: “que la Comisión Permanente no debe repetir el error al cual se ha inducido a la Subcomisión, pues se estaría violando el debido proceso”.

Los 4 magistrados del TC, conminan al Congreso de la República, a ejercer funciones tal como le sea conveniente a los intereses de los 4 magistrados: ¿Qué raro? Y, son jueces

Los 4 magistrados actúan en interés de su propia causa, porque la denuncia no es “contra” el Tribunal Constitucional, sino contra los señores Miranda, Ramos y Espinoza-Saldaña, y la señora Ledesma. Individualmente considerados, no como representantes de los intereses institucionales del Tribunal Constitucional.

Sin embargo, ellos 4, utilizan en “su comunicado” el Escudo Nacional que es el sello del Estado, el nombre de un órgano constitucional autónomo que es el “Tribunal Constitucional”, y en un acto de control debería verificarse si se pagaron los avisos con fondos públicos asignados al presupuesto del Tribunal Constitucional. Es prudente discernir en estas nuevas responsabilidades incurridas.

Las denuncias constitucionales se admiten, por el Congreso de la República, si se refieren “a hechos que constituyan infracción a la Constitución y/o delitos de función”.

La denuncia interpuesta el 25 de abril, es porque los 4 miembros del TC habrían incurrido en infracción y en delitos, mediante una resolución que se publicó el 3 de marzo de 2017. La misma presunta infracción y presuntos delitos, se reiteraron por los mismos 4 magistrados, en la resolución publicada el 30 de marzo de 2017, que declaró improcedente la nulidad deducida contra esa resolución del 3 de marzo.

A ellos no se les denuncia por recursos de reposición pendientes, que nada tienen que ver con las responsabilidades por infracción a la Constitución y delitos, que habrían perpetrado mediante las resoluciones que se publicaron el 3 y el 30 de marzo.

Es un anti-testimonio para la ciudadanía, el espíritu cívico y la estabilidad del estado de derecho, que esos 4 magistrados que aún integran el Tribunal Constitucional, promocionen Comunicados inescrupulosos con la verdad, con la finalidad de trastornar la auténtica división de poderes que la República exige.

Los hombres hacen las instituciones. La carencia de idoneidad en el ejercicio de la función pública, es causa de gravísimas consecuencias, por el uso indebido del poder que otorga el ejercicio ilegítimo de la autoridad.

Se impone, por impostergable y urgente, la necesidad de transformar al Estado. Siendo la vía idónea, la elevación de la calidad humana integral, de quienes son convocados para el ejercicio de la función pública.


Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 14 de julio de 2017, pág. 6


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domingo, 9 de julio de 2017

La ilegitimación del Tribunal Constitucional - artículo "La Razón"

La ilegitimación del Tribunal Constitucional
Sergio Tapia

            Estamos presenciando una gran operación, globalizada, de tergiversación y desnaturalización de instituciones. Que paraliza al Estado en sus fines primordiales, y a los organismos públicos internacionales (ONU, OEA, etc.) restándoles razón de su existencia.

El caso patente es el que en estos días configura el Tribunal Constitucional (TC), creado mediante la Constitución de 1979 y vuelto a regular por la Constitución de 1993, que modificó su denominación a la que actualmente tiene. Al TC lo conforman 7 miembros, y adopta decisiones por mayoría simple, 4 sobre 3. Es de una sola instancia, por lo tanto sus sentencias y resoluciones no son apelables ni revisables, ni por ellos mismos ni por ninguna otra autoridad a nivel nacional. Quien quede disconforme con la decisión, única e irrevisable que adopte el TC, sólo le queda recurrir a organismos internacionales para reclamar el derecho fundamental del cual se sienta lesionado.

Las obras humanas, portan errores y deben ser corregibles. Es el caso de las sentencias; pero, su corrección es en lo accidental y accesorio, no en lo sustancial ni esencial: si condenan no pueden corregirse para absolver. Los que enmiendan y subsanan, tienen que ser los mismos magistrados que redactaron la sentencia o resolución, para no incurrir en recreación cuando de lo que se trata es de corrección.

2013, en ese año el TC que estaba conformado por 6 magistrados, de los cuales sólo 1 permanece hasta hoy. Quienes emitieron la sentencia que concluyó el Habeas Corpus interpuesto por miembros de Infantería de Marina, que declaró no ser de lesa humanidad los hechos ocurridos en 1986 en la Isla-Penal El Frontón. Y, prohibió abrir nuevos procesos judiciales. Por lo tanto, es cierto que el TC cerró el caso El Frontón.

En cuanto al proceso penal que ya estaba abierto, dispuso que termine en un plazo razonable. Razonable es que el proceso no dure más del plazo dispuesto para que prescriba. El Código establece que el máximo plazo de prescripción es de 20 años de ocurrido el hecho. En El Frontón, los hechos cumplieron 31 años, el mes de junio pasado.

2014, ingresan 6 nuevos magistrados al TC, que reflejan las mayorías, efímeras pero dominantes en esas circunstancias. El Congreso dominado por las izquierdas humalistas, seleccionó y hoy tenemos un TC, en el que 4 de sus miembros están subordinados al vaivén ideológico izquierdista, y 3 no son ideologizados de las izquierdas (Blume, Sardón y Urviola). Este último con mandato vencido y próximo a ser sustituido.

2017, los 4 magistrados ideologizados que controlan la adopción de decisiones del TC, incurren en tres infracciones a la Constitución que han jurado defender, cumplir y hacer cumplir a todos los demás: reabren un caso cerrado, modifican su sentencia quitándole la frase en el caso El Frontón sobre los hechos que “no son lesa humanidad”, es decir, actuaron como instancia revisora alterando la cosa juzgada.

La magistrada Ledesma justificó esta semana su conducta antijurídica e inconstitucional, diciendo que el Procurador del Ministerio de Justicia les pidió la subsanación de errores. ¡Mentira! La demanda fue interpuesta contra el Procurador del Poder Judicial, los demás procuradores del Estado, que son cientos de abogados, no tienen derechos procesales en este proceso.

Este argumento es, además, delictivo; pues, el Código que rige los actos del TC, prescribe sólo 2 días para corregir sentencias y resoluciones. Y, este TC ha corregido luego de 4 años.

Me avergüenza que padezcamos instituciones estatales erosionadas debido a la índole de persona que las conforman. Esta postración debe alentarnos en promover la re-fundación republicana.


Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 7 de julio de 2017, pág. 6


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Juzgar jueces, encarcelar policías - artículo "La Razón"

Juzgar jueces, encarcelar policías
Sergio Tapia

            La semana se inició con la decisión en el Congreso, por amplia mayoría, de admitir la Denuncia Constitucional, que yo he formulado contra cuatro de los siete miembros del Tribunal Constitucional (TC), en mi calidad de abogado del Personal Naval injustamente perseguido por su victoria contra el Partido Comunista del Perú (equivocadamente llamado “Sendero Luminoso”), en la debelación del motín armado del 18-19 de junio de 1986, por presos. Persecución que se explica por la anidación de la corrupción caviar (comunistas y socialistas reciclados, que juegan a la democracia), en determinadas estructuras del Estado.

            La decisión adoptada en sesión de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, es de capital trascendencia para la vida republicana, pues, permite limpiar el aparato del Estado de personas inidóneas que ejercen mucho poder, sobre la vida y el patrimonio de los ciudadanos, como en este caso, lo son los magistrados del TC.

Además, despierta esperanzas fundadas sobre la renovación y revitalización de nuestra República, tan venida a menos por la inmoralidad, la incompetencia, la impreparación y la decrepitud de la ideologización (cual sea ésta: político-económica como la del socialismo comunista; económica con poderes de facto como la del capitalismo salvaje, o la perversa ideología de género que destruye la base de la Sociedad que es la familia fundada en el matrimonio, entre varón y mujer).

No todas las denuncias constitucionales son admitidas, casi la mayoría se califican improcedentes y tienen como destino el archivo. Porque, según el artículo 89 del Reglamento del Congreso, la admisión de una Denuncia Constitucional, implica la verificación de que “los hechos o conductas que se denuncian (…) se refieran a hechos que constituyan infracción a la Constitución”. Por lo tanto, no es una postulación de algo nebuloso con cargo a probanza; aunque evidentemente prosiga un procedimiento que garantiza el descargo y la defensa de los acusados. Pero, el procedimiento se da por iniciado, cuando hay certeza inicial de la existencia de un quebrantamiento constitucional.

Todos los ciudadanos debemos observancia a la Constitución, pero de manera especial los funcionarios del Estado, porque la Constitución establece los límites del poder que ellos ejercen, y el equilibrio con los derechos del ciudadano.

Pro, este caso El Frontón, resulta que los funcionarios que tienen que garantizar la vigencia de la Constitución para el resto del país y para todo el Estado, han sido quienes han transgredido groseramente tres principios constitucionales: modificar la cosa juzgada, someter a procedimiento distinto del que está establecido por ley, y revivir procesos fenecidos reabriéndolos.

Estos cuatro magistrados del TC por favorecer intereses ideológicos, cuando menos; reabrieron un caso de Habeas Corpus cerrado desde el año 2013; modificaron la sentencia que se había emitido por un anterior Tribunal Constitucional, es decir, sustituyeron a los jueces naturales de esa causa; y aplicaron el procedimiento de corrección de errores que se permite dentro de los 2 días siguientes de emitida la sentencia, haciéndolo 4 años después.

Estos 4 del TC que fueron elegidos por el Congreso anterior, son como los 24 policías de las direcciones de criminalística y de inteligencia, descubiertos como colaboradores de una banda de delincuentes.

Limpiar de elementos indecentes y delictuosos al estado, es la primera etapa de una necesaria transformación social, política y sobre todo moral que el Perú y los peruanos reclaman.

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 30 de junio de 2017, pág. 6


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Declaración Parlamentaria Americana - artículo "La Razón"

Declaración Parlamentaria Americana
Sergio Tapia

            Muchas son las insatisfacciones que ha dejado el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, desde hace 25 años controlado por socialistas de pensamiento único y totalitario, reciclados del comunismo y los consabidos caviares, es decir, aquellos que abrazando el modelo económico demo-liberal, persisten en el marxismo cultural bajo el estilo de Gramsci.

Desde esta columna, hemos denunciado diversas maniobras del socialismo, encaramado bajo los derechos humanos, persiguiendo militares porque derrotaron a las guerrillas o al terrorismo en sus respectivos países; destruyendo aberrantemente el matrimonio y la familia; contrariando la biología que es estudiosa de la vida, proponiendo la ideología de la muerte abortista del ser humano en sus primeras etapas de embrionaria y fetal.

            Para tales efectos, los socialistas que manipulan los derechos humanos, han cambiado la letra y el sentido de los pactos internacionales, a través de sus informes, resoluciones y sentencias.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) con sede en San José (Costa Rica), y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con sede en Washington (EEUU), en manos muy ajenas que deshonran los derechos humanos auténticos, han pretendido erigirse en poderes supranacionales, por encima de los Poderes Estatales de los Estados Americanos.

Ha sido reconfortante y esperanzador que casi 700 parlamentarios venidos en representación de sus partidos, movimientos y estructuras políticas de sus Naciones, se reunieran en México, y suscribieran la Declaración Americana sobre la Independencia y Autodeterminación de los Pueblos en Asuntos Relacionados a la Vida, la Familia y la Libertad Religiosa.

Este es un hito histórico, pues, el poder supranacional de las izquierdas encaramadas bajo la etiqueta de los derechos humanos, empezarán a declinar, y prontamente desaparecer. Para que los organismos internacionales encuentren su destino y finalidad, en manos probas, como en un principio estuvieron, en sus etapas fundacionales.

La semana empezó con ese Congreso Hemisférico de Parlamentarios, en el cual estuvimos muy bien representados por el congresista de Ucayali, el Vicealmirante AP Carlos Tubino.

Pero, la semana culminó con la Asamblea General de la OEA, que terminó doblándole el presupuesto a la Corte IDH y a la CIDH, para que sigan haciendo de las suyas, los infiltrados encaramados bajo el digno nombre de los derechos humanos.

La acción parlamentaria es muy necesaria, pero debe ir acompañada por una rectificación de la política internacional, concertada por todas las cancillerías de las Américas, para cerrar pronto el infame capítulo de la incursión socialista en los derechos humanos americanos.

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 23 de junio de 2017, pág. 6


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viernes, 16 de junio de 2017

Ideología de género: el fórceps del absolutismo estatista

Ideología de género: el fórceps del absolutismo estatista
Sergio Tapia

            La ideología de género, que unilateralmente y con soberbia quiere ser impuesta por el gobierno de PPK, desde su inicio, tras diez meses de insistencia ha sido frenada por la inmensa movilización de la ciudadanía de auténtica representatividad natural: los padres de familia. Organizados en un sinnúmero de asociaciones, frentes, redes y, los genéricamente llamados, “colectivos” (agrupaciones, reuniones, grupos).

            Persisten aún con insensatez, los ideologizados por el género, y que hoy dirigen los destinos del Estado. Pretenden someter a la Sociedad Nacional, imponiendo su visión negadora del estatuto antropológico y de la verdad sobre la persona humana, cuyas innatas características cromosómicas la hacen sólo varón y sólo mujer.

            La necia insistencia del gobierno de PPK se expresa en confrontar: (a) A la Sociedad misma, por los dos ministros que han transitado –con un record de mínima permanencia pacífica en el Ministerio de Educación–, por la pretensión de alterar la educación sexual de los niños, sin consentimiento de los padres de familia; y, (b) A los demás poderes del Estado, por parte del gabinete ministerial, con la insistencia de introducir temáticas de género en la legislación delegada promulgando decretos legislativos en abierta hostilidad a las facultades delimitadas por el Congreso. Habiéndose producido un nudo gordiano jurídico: Desde inicios del año un vigente Decreto Legislativo 1323 que recorta libertades fundamentales y mandará a la cárcel a ciudadanos por ejercer sus derechos fundamentales a la libertad del pensamiento, de la expresión, de la ideas y de religión; un acto legal pero aún ineficaz del Congreso para derogar tan nocivo Decreto Legislativo, y en agenda en dos comisiones del Congreso el reforzamiento legislativo del contenido de la “ley mordaza”. Panorama de veras desolador para las libertades en el Perú.

            Hay una demanda judicial contra la resolución del Ministerio de Educación, por aprobar ilegítimamente el trastrocamiento del Currículum Nacional de Educación Básica. La Ministra de Educación presionó públicamente a los jueces, con vistas a ablandar su ánimo, e imprudente e inoportunamente afirmó que declarar fundada la demanda significaría al Estado un gasto inútil de 131 millones de soles en impresión de materiales educativos y 18 millones de soles en imprimir el Currículum Nacional de Educación Básica. La danza de 46 millones de dólares gastados en 4 meses, hubiera tenido mejor provecho en mejorar las edificaciones escolares, la remuneración del magisterio o su mayor calificación profesional. Pero, la Ministra Martens tendrá que reponer al Estado el dinero malgastado por error y por horror ideológicos.

Esta guerra ideológica al interior del Estado y la inútil confrontación de las autoridades con el grueso de la ciudadanía, compromete la concordia nacional, pone en riesgo la procuración del bien común nacional. Y, es suicida debilitar la autoridad del Estado, cuando hay lectura de circunstancias que advierten una recuperada amenaza de relanzamiento cierto de agrupaciones subversivas y terroristas.

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 16 de junio de 2017, pág. 6


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Tomás Melendo: Educar peor... EDUCAR NO ES ROL AUTÓNOMO DEL ESTADO

Tomás Melendo: Educar peor…
Educar no es rol autónomo del Estado
Sergio Tapia

            Educar, viene del latín: “e-dúcere”, conducir desde afuera. En otras palabras no es dar un pescado, es enseñar a pescar. Porque con la educación la persona obtiene conocimientos para permanecer en la verdad y evitar el error, lo que siempre genera consecuencias malignas. Con la educación, la persona puede ejercer plenamente su libertad, será señor de sí mismo, será dueño pleno de sus propios actos eligiendo entre el bien o lo mejor, y permaneciendo en el rechazo del mal y de lo peor.

            Nuestra Constitución Política es interesante cuando trata los temas de salud y educación. En el artículo 9° inequívocamente dispone que “el Estado determina la política nacional de salud”. Determinar es decidir, establecer, fijar. Y, en materia de la salud de los seres humanos, el Estado se reserva la facultad de orientar, conducir y establecer las políticas públicas sanitarias.

            Diferente trato se le da a la educación, en los artículos 13° al 16° del texto constitucional. El deber de educar reposa en los padres de familia, así como el derecho de “escoger” el centro educativo que desean para sus hijos. Escoger es elegir, y elegir es optar por un modelo educativo y dejar otra propuesta educacional. Por lo tanto, el artículo 13° de la Constitución rechaza el monopolio de la enseñanza por el Estado, en materia de moral sexual para niños y adolescentes, qué es lo que intenta este gobierno, independiente de quien sea la persona que ejerce como Ministro de Educación, o el defenestrado de ayer o la actual que ya se ha ilegitimado en el ejercicio del cargo.

            En estos días gozamos en Lima de la visita de un destacado autor en temas de promoción de la educación como tarea insustituible de los padres de familia, el catedrático español Tomás Melendo. Autor de centenares de libros y artículos académicos, conferencista internacional, profesor universitario distinguido.
            Tomás Melendo convoca al público limeño, hoy, en el auditorio INICTEL (Av. San Luis N° 1771, San Borja; queda entre las avenidas Javier Prado y Canadá), para tocar el cautivante tema “Todo educamos mal… pero unos peor que otros”. Y, quien no debe decidir cómo ni en qué educar es el Estado, que cambia de manos partidarias y hasta ideológicas, cada ciclo electoral, si no es con cada cambio de Ministro.

            Lo que se cultiva (la cultura), en la persona humana desde niño y adolescente, es lo que fructificará a lo largo de su vida joven y adulta. No podemos bajar la guardia a los ventarrones ideológicos que afectan la gran tarea educativa que a los padres de familia les corresponde asumir y emprender, insustituiblemente. Y de los cuales, los maestros, son auxiliares de apoyo.

            Señor Ministra de Educación: ¡No a la ideología de género!

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 9 de junio de 2017, pág. 6



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sábado, 3 de junio de 2017

¿Tenemos Estado laico? - artículo

¿Tenemos Estado laico?
Sergio Tapia

            Con ocasión de los debates producidos por los enfoques ideológicos que auspician la antropología de género, se viene insinuando que el estado peruano sería laico, lo cual es un error supino.

            Desde el Preámbulo de nuestra actual Constitución de 1993 (así también similarmente la de 1979, para quienes no gustan de la sombra del fujimorismo ni en la Carta Fundamental), se “invoca a Dios Todopoderoso”, lo hace el autor del documento, el Congreso Constituyente.

La libertad religiosa es uno de los primeros derechos fundamentales. Se prescribe en el tercer numeral del artículo 2 de la Constitución. Libertad que implica poder ejercerla en su doble vertiente, en forma individual o asociada. Y, consecuentemente se prohíbe la persecución por razón de las creencias. Además, se reconoce la libertad del ejercicio público de todas las confesiones; con las únicas limitaciones de no ofender la moral, ni la de alterar el orden público. Por lo tanto, cuando congresistas pro-gays y ONGs de género, esgrimen hacia el contrincante el argumento de no poder pronunciarse conforme a los dictados de conciencia de la religión que profesan, lo que están haciendo tales congresistas y esos ONGs, es incurrir en una aberrante discriminación por motivo de religión, que está absolutamente prohibida por el numeral 2 del artículo 2° de nuestra Constitución. Así es que, congresistas y ONGs discriminadores a cambiar de argumentos.

El artículo 50 de la Constitución define el régimen de las relaciones entre Estado e Iglesia Católica: que es de independencia y autonomía. Esto es, la separación armoniosa entre Religión y Estado. Porque, hay poderosas razones que no se han dado en otras naciones, pero sí en el Perú, como lo expresa el texto constitucional: “El Estado reconoce a la Iglesia Católica como elemento importante en la formación histórica, cultural y moral del Perú, y le presta su colaboración”. Esto no nos hace un Estado laicista, pero tampoco confesional. El Perú ha optado por tener un estado que responde a su sociología histórica, a su nación constitutiva en lo trascedente. Es imposible de negarlo, guste o no guste a los que digan lo contrario a la letra de nuestra Constitución.

Hay diversidad de situaciones y regímenes estatales con respecto a las creencias religiosas: estados teocráticos, estados confesionales, estados laicos y/o laicistas, estados persecutores de la religión. Ninguna de estas opciones es la de nuestro Estado peruano, quien ha asumido un papel de colaborador de la Iglesia Católica, en “un régimen de independencia y autonomía”. No es extraño, entonces, que nuestro Himno Nacional (que es uno de los símbolos de la Patria), cante al “Dios de Jacob”, y que nuestras tropas saluden con la Marcha de Banderas la consagración eucarística y que los 28 de Julio se inicien los festejos patrios con “Te Deum” y Santa Misa.

Para el resto de las religiones, el Estado peruano las “respeta”, así como también “puede” (ya no es una prestación obligatoriamente constitucional) “establecer formas de colaboración con ellas”.

En más de 200 años hemos andado constitucionalmente un fructífero recorrido de entendimiento religioso, durante el Virreynato la primera Constitución, de Cádiz, de 1812, en su artículo 12 reconoció para la Nación sólo la religión católica. En la Independencia José de San Martín expidió el estatuto Provisional, en Lima, del 8 de octubre de 1821, estableciendo en su artículo primero que “la religión Católica, apostólica, Romana, es la religión del Estado”. Las Bases de la Constitución Política de la República Peruana del 16 de diciembre de 1822, en su artículo 5° proclamó la exclusión del ejercicio de cualquier otra religión que no fuese la católica. Cláusula constitucional que se repite en la de 1823 (artículos 8 y 9), la de Bolívar de 1826 (art. 6), la de 1828 (art. 3), la de 1834 (art. 2), la de la Confederación Perú-Boliviana de 1837 (art. 5), la Constitución de Huancayo de 1839 (art. 3), la de 1856 (art. 4), la de 1860 (art. 4) que es la de más larga data y conecta el siglo XIX con el siglo XX, con la breve interrupción de la Constitución de 1867 (art. 3). Y las del siglo XX, que empieza con la de 1920 (art. 5).

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 3 de junio de 2017, p. 6


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Los cuatro del TC y El Frontón - artículo

Los cuatro del TC y El Frontón
Sergio Tapia

            Hace un mes anunciamos a la comunidad jurídica del país y a los ciudadanos que reclaman justicia de los órganos del Estado peruano, desde el local del Poder Legislativo, que un grupo de ciudadanos habían presentado una Denuncia Constitucional contra cuatro de los siete miembros del Tribunal Constitucional (TC), por incumplimiento de la Constitución y haber incurrido en delito de Prevaricato, al haber reabierto un caso cerrado hacía cuatro años atrás, del cual ellos no habían sido los sentenciadores sino los miembros de la anterior composición del TC. La denuncia aguarda la decisión de la Sub-Comisión de Acusaciones Constitucionales para ser admitida, pero ha dado oportunidad a que se emitan opiniones.

Algunos, que no serían “caviares” reconocidos, han relacionado la denuncia constitucional presentada por los marinos injustamente procesados por hechos ocurridos hace 31 años (el 19 de junio de 1986), hechos que han sido sometidos a intensa tergiversación ideológica por el sistema de agitación y propaganda izquierdista que impunemente zarandea a los peruanos; la han relacionado decía, con el recientemente interpuesto habeas corpus a favor del expresidente Alberto Fujimori, en el que se pide la nulidad del extremo de la sentencia penal por secuestro agravado que lo condenó a 25 años de pena privativa de la libertad, entre otros delitos que incluye también.

Este es un argumento falaz, de la más digna y repugnante escuela antiética. Porque esconde una gran monstruosidad jurídica, que paradójicamente hiere fatalmente lo más sensible de la administración de justicia en el Perú: No importa que los magistrados del órgano encargado de velar por la constitucionalidad en el Perú, sean jurídicamente promiscuos, en tanto ellos garanticen para la venganza insaciable de las izquierdas, decisiones aún injustas contra Fujimori.

El precio es muy alto para la República: Que no prospere la denuncia constitucional contra la indignidad de la magistratura; que prosiga impunemente re-sentenciando casos cerrados y todas las otras anomalías que los otros tres magistrados del TC denuncian sistemáticamente en sus votos singulares en diversas sentencias que desde hace tres años se vienen emitiendo en dicho órgano del Estado, a causa de una dictadura antijurídica de “4 contra 3”.

Si justicia queremos en el Perú, empecemos por sustituir la del tejido de magistrados y jueces que la corrompen mal usando el poder estatal para satisfacer intereses ideológicos o apetitos de avaricia material.

Apostemos por la limpieza moral del TC, y de todos los organismos estatales que administran justicia en el Perú: poder judicial, ministerio público, jurado nacional de elecciones, consejo nacional de la magistratura, etc.

Publicado en el diario La Razón, Lima, viernes 26 de mayo de 2017, p. 6


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viernes, 19 de mayo de 2017

El desquicio de los Derechos Humanos - La Razón

El desquicio de los Derechos Humanos
Sergio Tapia

            La Corte IDH es el órgano interamericano encargado de aplicar los tratados de derechos humanos a los Estados. No es una Corte Penal Internacional que condene personas, como sí lo es la creada por el Tratado de Roma; ni las que se suscitaron tras las guerras en Alemania y Japón, en Ruanda y la ex-Yugoeslavia.

El quehacer legítimo de la Corte IDH es velar por el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por los Estados, obligaciones adquiridas en el ejercicio pleno de su soberanía. Sin embargo, hay tres censuras que formulamos contra las personas que conducen esa Corte IDH, en los últimos decenios.

Primero, los jueces motivados por los desvaríos ideológicos que los dominan, orientan las sentencias dictadas en nombre de los derechos humanos, a favor de los activistas revolucionarios, subversivos y terroristas. Y, censura la acción militar contrasubversiva legítimamente dispuesta por las autoridades del Estado. Ello explica por qué se transformaron en casos por violaciones a los derechos humanos, las acciones antiterroristas peruanas como las de Cayara, El Frontón y Chavín de Huantar.

Segundo, la Corte IDH tiene la facultad de interpretar el tratado, pero una cosa es interpretar y, otra muy distinta es ampliar o reducir obligaciones, o tergiversar los conceptos que portan los tratados de DDHH. Esta actitud lamentablemente es moneda corriente entre los magistrados de la Corte IDH. Quienes suelen aplicar a los Estados, obligaciones inexistentes en los tratados que estos han suscrito. En esta extravagancia incurrieron los jueces de la Corte IDH para legalizar prácticas abortivas, como un derecho humano. Pero, contra la letra expresa del tratado. Afirmando con audacia, tales jueces, que concepción es igual que anidación.

Tercero, quien comparece en los estrados de la Corte IDH son los Estados. Sin embargo, los jueces que transitan por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, adoptan sentencias que afecta el derecho de defensa de las personas. Como en el caso El Frontón, en el que ninguno de los más de 30 marinos actualmente enjuiciados “por mandato de la Corte Interamericana” fue citado para ser preguntado por el motín armado de 1986, en esa cárcel peruana. ¿Cuáles son los derechos humanos de los marinos? No fueron ni siquiera oídos por la Corte IDH antes de ordenar su enjuiciamiento penal.

Peor, aún, indebidamente y con total falta de prudencia, la Corte IDH ha celebrado el pasado miércoles 17 de mayo, un día que no es oficial en ningún calendario del mundo, aunque sí lo es por los activistas homosexuales y demás desvaríos de género. La falta de tino precipitó al actual presidente de la Corte IDH, el abogado brasileño Roberto Caldas, a pronunciar un discurso sectario y descabellado, antes de dar inicio a una sesión de la Corte IDH destinada a resolver una opinión consultiva sobre los presuntos derechos de las comunidades gay como tales. Es como si un juez de La Haya desvaríe cantando el himno nacional de un Estado, al dar inicio a una audiencia litigando contra otro Estado.

La ilegitimidad de la Corte IDH afecta diversos órdenes, el jurídico y el ético. Por lo que exige a las cancillerías de las Américas revisar el procedimiento, mafiosamente viciado, como se procede a la selección y elección de los jueces de la Corte IDH. Si deseamos contar con una verdadera Corte que vele por los auténticos derechos humanos en las Américas, esta agenda reformadora es prioritaria.

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 19 de mayo de 2017, p. 6
http://larazon.pe/opinion/generales/el-desquicio-de-los-derechos-humanos-6398

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viernes, 12 de mayo de 2017

Masacre la de los terroristas, no de los marinos - La Razón

Masacre la de los terroristas, no de los marinos
Sergio Tapia

            Masacre designa la muerte provocada en personas generalmente indefensas. En el Perú, de los 80s y los 90s, quienes masacraron a ciudadanos indefensos, en las ciudades y el campo, fueron los militantes del “Partido Comunista del Perú” (cuyo nombre no es, ni nunca fue, “Sendero Luminoso”), y los del “Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA)”.

Para detener el baño de sangre promovido por los comunistas, el gobierno de Belaunde decretó el estado de emergencia, que constitucionalmente permite el uso de la fuerza por quienes la saben utilizar legítimamente, nuestras Fuerzas Armadas (FFAA).

            La violencia del marxismo siguió avanzando arrasando la Nación, masacrando al ciudadano indefenso. Y, destruyendo al Estado, asesinando funcionarios y empleados públicos y a sus familiares, atentando contra locales públicos, desapareciendo archivos oficiales, atacando puestos policiales y emboscando personal de las FFAA en las ciudades y en el campo.

Sin excepciones, las víctimas indefensas de los asesinos comunistas eran objeto de muerte salvaje, con torturas inimaginables. Así desangraron a pobladores sencillos del ande, a soldados jovencitos del servicio militar obligatorio, a mujeres y a niños, a alcaldes de pueblitos y a empresarios destacados. Quienes masacraron a peruanos, en los 80s y 90s, fueron los comunistas.

Pero no todos los comunistas responsables del baño de sangre subversivo, empuñaron armas. No. Habían profesores que ideologizaban, alumnos que eran ideologizados, abogados que desarrollaron un estilo de defensa a favor de los terroristas, jueces libérrimos en connivencia con la subversión, autoridades del Estado adherentes a la Revolución desbastadora y el contubernio del periodismo mendaz.

            Las cárceles fueron objeto de especial atención a lo largo del proceso subversivo anti-peruano. El rescate de presos por terrorismo más sonado, no el único, fue en Ayacucho el 3 de marzo de 1982, 70 subversivos huyeron de cárcel, y más de 300 presos comunes.

            Tal inseguridad en tan temprana etapa del terrorismo, generó en 1983 la decisión de concentrar a los procesados y sentenciados por terrorismo, en cárceles de Lima, y se reabrió el penal de la isla El Frontón.

            Para 1986 el edificio de la isla ya estaba íntegramente modificado por los subversivos, gracias a los funcionarios estatales que por medrosidad o colaboracionismo les cedían privilegios. La isla estaba prácticamente dividida en dos porciones jurisdiccionales, en una permanecían los guardias, el personal a cargo de las cárceles (INPE) y los presos comunes; en la otra estaban los presos por terrorismo, sin control ninguno sobre sus visitas.

            El 18 de junio de 1986, algo más de 150 presos por terrorismo (no se tenía control exacto sobre el número de internos), tomaron 3 policías de rehenes, capturaron sus armas, se mataron entre ellos para el control del pabellón. En las primeras horas del 19 de junio produjeron 3 muertos a la Marina de Guerra, así como 20 heridos de gravedad.

Masacre no pudo haber habido en El Frontón, porque los presos por terrorismo estaban muy bien armados y pertrechados. No eran indefensos, estaban levantados en armas. Tampoco hubo la alegada y mendaz masacre, porque 34 presos se rindieron, se les respetó sus vidas y hoy caminan gozando de plena libertad.

            En contraste a esos 34 terroristas, más de 30 marinos que combatieron hace 31 años en El Frontón, continúan siendo procesados penalmente, con sus propiedades embargadas, con dificultades para encontrar trabajo en el extranjero y aquí, porque están impedidos de salir del país y en el certificado de antecedentes consta que son procesados por asesinato.

            En ese contexto, indigna la resolución de los 4 magistrados del Tribunal Constitucional, que modifica una sentencia que protegía los derechos fundamentales de unos 20 de esos marinos procesados. Resolución inconstitucional que poco honra la memoria de tantos jueces y fiscales asesinados por la horda terrorista, que tanto daño hizo y sigue haciendo en nuestra Patria.

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 12 de mayo de 2017, pág. 6


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sábado, 6 de mayo de 2017

La mentira subversiva y El Frontón - artículo La Razón

La mentira subversiva y El Frontón
Sergio Tapia

            La subversión es el trastrocamiento del orden, de todo orden; sea político, económico, social, religioso, cultural, lógico y ético. Hay actitudes que parcialmente desordenan, y hay ideologías que universalmente lo subvierten todo. Como el marxismo, que mediante su conceptualización acerca de la alienación humana, altera la política porque considera que la sola existencia del Estado es alienante, razón por lo que el Estado debe desaparecer. Desordena la economía por considerar que la sola existencia de la propiedad privada produce dependencia, por lo que promueve estatizar todos los bienes. Trastorna el orden social al intentar eliminar todas las clases sociales. Altera la vida religiosa, al estimar que es opio del pueblo, por lo que el marxismo es siempre perseguidor inmisericorde de toda creencia religiosa. Perturba la cultura, al abajar el pensamiento filosófico al materialismo dialéctico y al materialismo histórico. Descompone la lógica, al asumir la contradicción como compatible a la deducción acertada. Turba la ética, al estimar que la mentira y el engaño pueden ser enaltecidos, si son útiles al triunfo de su Revolución.

Qué problema tener marxistas sueltos en plaza, conviviendo socialmente con los demás ciudadanos. Porque matan, cuando ejercen su compromiso ideológico en la condición de guerrilleros y terroristas. Como fue en los sangrientos tiempos que todos los peruanos sufrimos desde los 80s y los que aún continúan siendo víctimas en el VRAEM. Porque enaltecen publicitariamente sus horrendos crímenes, mediante mausoleos, parques, monumentos y museos; se enorgullecen de sus crímenes paseando por nuestras calles las fotografías de sus dirigentes aún presos por sus crímenes, como esa marcha aún impune del pasado 1 de mayo, de la cual quienes padecen de “cretinismo jurídico” (es un dicho de Lenin, sobre sus enemigos) aún discuten sin hacer nada, si es o no es apología del terrorismo. Como lo ha sido la convocatoria del MRTA en el Hotel Bolívar, el reciente 3 de mayo, con la asistencia de un guerrillero colombiano del M-19.

¿Qué nos pasa? ¿Hemos perdido la capacidad de indignarnos? Frente a las diversas formas de lucha de los marxistas: a su sindicalismo revolucionario que subvierte a la empresa desde dentro; a sus “licencias sociales” que altera el funcionamiento de las empresas desde afuera; la concientización ideológica forzada y el pensamiento único que imponen los pseudo-profesores universitarios; la manipulación de los cuadros de maestros escolares, inermes en medio de la operación de tenaza de la que son objeto por el MINEDU ideologizado por el género antihumano y el SUTEP ideologizado por el comunismo destructor.

Hay, otras “formas de lucha” aún no reprimidas, como el asalto ideológico a las magistraturas judiciales. Asesinos terroristas casi no hay purgando penas, han sido re-sentenciados disminuyéndoselas ínfimamente y están libres, al acecho de nuestros descuidos. Por ahora hacen marchas o convocan reunirse en el Bolívar. Pero, son combatientes experimentados en la guerrilla y el terrorismo, de muchos años y en muchas batallas. Libres gracias a los jueces, que hoy se enfocan a la persecución de nuestros miembros de las FFAA, para asestarles condenas injustas, con dureza inmisericorde. Porque hay jueces que administran justicia revolucionaria, revanchista, pro ideológica y anti-peruana.

Esta ideologización de la magistratura judicial se extiende cancerígenamente, y ya llegó a las esferas del Tribunal Constitucional. Órgano estatal que ha perdido su objeto y fines institucionales, porque quebranta la constitucionalidad en sus resoluciones, con torpeza y carencia de sindéresis jurídica. Porque están embriagados para promover la injusta persecución penal contra los marinos, que expusieron sus vidas hace 31 años, sofocando el motín armado de los agentes armados del Partido Comunista del Perú (mal llamado Sendero Luminoso), en la Isla El Frontón, donde no hubo masacre alguna, ahí están los 34 sobrevivientes que se pasean por nuestro territorio.

Publicado en el Diario “La Razón”, Lima, viernes 5 de mayo de 2017, p. 6


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jueves, 4 de mayo de 2017

Denuncia contra miembros del TC por incumplir Constitución - Artículo

Denuncia contra miembros del TC por incumplir Constitución
Sergio Tapia

            Es insólito denunciar a miembros del Tribunal Constitucional (TC) por “infracción” a la Constitución. Porque ellos son jueces “constitucionales”. Transgredir o quebrantar la Constitución es algo muy serio. Es lo que hacen los que viven fuera de la ley, ¿pero que sean los jueces? es gravísimo.

            En el año 2013 el TC conformado por otros miembros, no los actuales (salvo uno, el Dr. Urviola), aprobaron en mayoría una sentencia sobre un habeas corpus interpuesto por 22 suboficiales de la Marina de Guerra del Perú, defendiéndose de un proceso penal ilegal abierto, que calificó de lesa humanidad la actividad militar mediante la que se debeló el motín armado de los presos por terrorismo en la Isla El Frontón, en junio de 1986.

La calificación, lesa humanidad, tuvo por objeto eludir la prescripción de la acción penal, que es de derecho constitucional y garantía penal. Por lo que el proceso penal así iniciado no sólo es contrario a leyes expresas que no lo permiten, sino que es inobservante de una sentencia precedente que declaró que no eran de lesa humanidad los hechos militares antiterroristas en El Frontón, en el caso Teodorico Bernabé (suboficial de la Marina de Guerra, combatiente en El Frontón y que no ha sido enjuiciado penalmente por efecto de dicha sentencia).

El TC es de una sola instancia, y las normas que rigen sus procedimientos regulan que contra las sentencias no cabe interponer recursos (no hay apelaciones, ni nulidades). Pero, sí pueden hacerse aclaraciones o subsanaciones en las sentencias, ya sea de oficio (cuando es por decisión propia del TC, dentro de los dos días siguientes de expedida la sentencia), ya sea a pedido de las partes (pedido que debe hacerse dentro de los dos días siguientes de notificada la sentencia, y la resolución de aclaración o subsanación a los dos días siguientes de recibido el pedido de las partes).

Sobre la sentencia de setiembre del 2013, pasaron los dos días y no hubo aclaración o subsanación de oficio por parte del TC; tampoco las partes solicitaron aclaración o subsanación. Quedó, pues, la sentencia ejecutoriada y por lo tanto el proceso del habeas corpus fenecido (Constitución art. 139-13), la sentencia obtuvo la calidad de cosa juzgada y con la garantía de no modificación (Constitución art. 139-2).

En junio de 2014 ingresaron seis nuevos miembros al TC. Al cabo de tres años, recientemente, en marzo del 2017, cuatro de esos miembros (Dr. Miranda, Dra. Ledesma, Dr. Ramos y Dr. Espinoza-Saldaña), modificaron la sentencia emitida en el 2013 en la cual no habían participado, introduciendo sus criterios para contaminar el caso con una serie de inconstitucionalidades e ilegalidades, y perpetrando el delito de Prevaricato que cometen los jueces cuando delictivamente emiten sentencias injustas, ilegítimas, inconstitucionales, ilegales, no basadas en pruebas y demás circunstancias que tipifica el art. 418 del Código Penal.

            Los ciudadanos tienen en el Congreso una institución republicana que ejerce facultades sobre las siete de las más altas jerarquías del Estado, entre los que están los miembros del TC. Hay que creer en la institución del Congreso de la República, en su capacidad de investigar hechos y discernir responsabilidades. Esa creencia se traduce en un plano estrictamente jurídico, en ejercer denuncias ante el Congreso, como la que se ha formalizado contra esos cuatro miembros del TC, presuntamente prevaricadores y transgresores de la Constitución.

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 28 de abril de 2017, pág. 6


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domingo, 23 de abril de 2017

Jueces díscolos al Derecho y la Justicia - La Razón

Jueces díscolos al Derecho y la Justicia
Sergio Tapia

            González Prada, inspirándose en el dicho de un autor francés, afirmaba que si fuese denunciado por robarse las torres de la Catedral -falsamente claro está, por ser un hecho imposible-, tenía la seguridad que habría un juez que lo procesaría. Era el modo de expresar la consecuencia de tener personas, que fungen de jueces, pero carentes de criterio para discernir, para distinguir, para diferenciar y para comprender.

La sociedad no puede carecer de jueces competentes y honrados, por las graves consecuencias para la paz social y para el bien común, y para la garantía de la dignidad de la persona humana y la salvaguarda del debido respeto a los derechos fundamentales.

Lo que daña la correcta administración de la justicia, no sólo es la corrupción moral individual. Que es tan lamentable lo muy extendida que se encuentra, pudriéndolo todo.

Hay otro factor, de mayor importancia, la cancerígena ideologización marxista de los jueces, que los transforma en antimiltaristas y proterroristas, contrarios al desarrollo económico y social y favorables a los movimientos antimineros.

En el Perú, las izquierdas, tanto caviares y como las orgánicamente relacionadas con el Partido Comunista del Perú (mal llamado Sendero Luminoso) como es el MOVADEF y demás denominaciones, insólitamente de común acuerdo están avasallando a un sector de jueces, para que el Caso El Frontón, se reabra por enésima vez, para obtener una condena a los marinos que es el modo de reivindicar a los internos por terrorismo amotinados con armas, que tomaron una dependencia estatal (el penal en la Isla El Frontón), apresaron tres policías matando a uno, sometieron con asesinatos y torturas a los presos que no querían plegarse al motín, asesinaron a tres marinos, hirieron de gravedad a veinte marinos más, resistieron el asedio durante dos días fuertemente armados y bien aprovisionados, cuando se rindieron se les respetó la vida a los treinticuatro sobrevivientes que hasta hoy residen en el Perú (gesto que los terroristas nunca tuvieron para con los militares y policías rendidos, ni con las autoridades civiles que sorprendieron), muy pocos de ellos aún presos por las generosas liberaciones de la justicia reformada por los caviares, durante los gobiernos de Paniagua y Toledo.

En las próximas semanas estará en debate la juridicidad de la persecución penal en el Caso El Frontón. Pero, lo jurídico no será el interés primordial de los jueces, que habrán de resolver los dilemas. El elemento fundamental será el ideológico, para dar respuesta a tres de las primeras interrogantes: ¿Por qué deben ser procesados los marinos que cumplieron una misión militar dentro de un proceso de guerra subversiva? ¿Por qué, al cabo de 31 años, se debe proseguir un proceso que prescribió hace 11 años? ¿Qué gana la Ideología Marxista, a través de los ONGs y partidos de izquierda, en este entuerto que agravia a personas e Institutos Armados?

Lenín, cuando estaba en el proceso de refundar el poder judicial del naciente Estado comunista, en la Rusia de 1918, uno de sus seguidores le interpeló diciéndole porqué llamarle “justicia” si su mejor denominación era “tribunal para el exterminio”. A lo que Lenín le replicó: “Así es exactamente como debería llamarse, pero no podemos decirlo”.

Hay que tomar conciencia que los organismos de justicia del Perú, están infiltrados y hasta copados, por militantes de diversas variedades ideológicas del comunismo. Y, hay que estar avisados de quienes no comprenden estas realidades ideológicas. Porque también decía Lenín, que los burgueses padecen de cretinismo jurídico.

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 21 de abril de 2017, pág. 6

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