domingo, 9 de julio de 2017

La ilegitimación del Tribunal Constitucional - artículo "La Razón"

La ilegitimación del Tribunal Constitucional
Sergio Tapia

            Estamos presenciando una gran operación, globalizada, de tergiversación y desnaturalización de instituciones. Que paraliza al Estado en sus fines primordiales, y a los organismos públicos internacionales (ONU, OEA, etc.) restándoles razón de su existencia.

El caso patente es el que en estos días configura el Tribunal Constitucional (TC), creado mediante la Constitución de 1979 y vuelto a regular por la Constitución de 1993, que modificó su denominación a la que actualmente tiene. Al TC lo conforman 7 miembros, y adopta decisiones por mayoría simple, 4 sobre 3. Es de una sola instancia, por lo tanto sus sentencias y resoluciones no son apelables ni revisables, ni por ellos mismos ni por ninguna otra autoridad a nivel nacional. Quien quede disconforme con la decisión, única e irrevisable que adopte el TC, sólo le queda recurrir a organismos internacionales para reclamar el derecho fundamental del cual se sienta lesionado.

Las obras humanas, portan errores y deben ser corregibles. Es el caso de las sentencias; pero, su corrección es en lo accidental y accesorio, no en lo sustancial ni esencial: si condenan no pueden corregirse para absolver. Los que enmiendan y subsanan, tienen que ser los mismos magistrados que redactaron la sentencia o resolución, para no incurrir en recreación cuando de lo que se trata es de corrección.

2013, en ese año el TC que estaba conformado por 6 magistrados, de los cuales sólo 1 permanece hasta hoy. Quienes emitieron la sentencia que concluyó el Habeas Corpus interpuesto por miembros de Infantería de Marina, que declaró no ser de lesa humanidad los hechos ocurridos en 1986 en la Isla-Penal El Frontón. Y, prohibió abrir nuevos procesos judiciales. Por lo tanto, es cierto que el TC cerró el caso El Frontón.

En cuanto al proceso penal que ya estaba abierto, dispuso que termine en un plazo razonable. Razonable es que el proceso no dure más del plazo dispuesto para que prescriba. El Código establece que el máximo plazo de prescripción es de 20 años de ocurrido el hecho. En El Frontón, los hechos cumplieron 31 años, el mes de junio pasado.

2014, ingresan 6 nuevos magistrados al TC, que reflejan las mayorías, efímeras pero dominantes en esas circunstancias. El Congreso dominado por las izquierdas humalistas, seleccionó y hoy tenemos un TC, en el que 4 de sus miembros están subordinados al vaivén ideológico izquierdista, y 3 no son ideologizados de las izquierdas (Blume, Sardón y Urviola). Este último con mandato vencido y próximo a ser sustituido.

2017, los 4 magistrados ideologizados que controlan la adopción de decisiones del TC, incurren en tres infracciones a la Constitución que han jurado defender, cumplir y hacer cumplir a todos los demás: reabren un caso cerrado, modifican su sentencia quitándole la frase en el caso El Frontón sobre los hechos que “no son lesa humanidad”, es decir, actuaron como instancia revisora alterando la cosa juzgada.

La magistrada Ledesma justificó esta semana su conducta antijurídica e inconstitucional, diciendo que el Procurador del Ministerio de Justicia les pidió la subsanación de errores. ¡Mentira! La demanda fue interpuesta contra el Procurador del Poder Judicial, los demás procuradores del Estado, que son cientos de abogados, no tienen derechos procesales en este proceso.

Este argumento es, además, delictivo; pues, el Código que rige los actos del TC, prescribe sólo 2 días para corregir sentencias y resoluciones. Y, este TC ha corregido luego de 4 años.

Me avergüenza que padezcamos instituciones estatales erosionadas debido a la índole de persona que las conforman. Esta postración debe alentarnos en promover la re-fundación republicana.


Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 7 de julio de 2017, pág. 6


Blog (colección artículos publicados en La Razón): http://sergiotapiatapia.blogspot.com/

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