sábado, 26 de mayo de 2018

Inconstitucionalidad de los matrimonios homosexuales - La Razón


Inconstitucionalidad de los matrimonios homosexuales
SERGIO TAPIA T.

Algunos sostienen que la legalización en el Perú del matrimonio homosexual, requerirá tan sólo la modificación del artículo 234 del Código Civil que lo regula como “la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer”. Afirmando estos que a nivel constitucional no hay exigencia de heterogeneidad sexual para los contrayentes, según su lectura del artículo 4 de la Constitución, que se limitaría para ellos, a expresar que el Estado promueve el matrimonio, y que “La forma del matrimonio y las causas de separación y de disolución son reguladas por la ley”. Insistiendo en su equivocada apreciación de que el matrimonio es para heterosexuales y homosexuales.
El planteamiento es aventurero e ideológicamente interesado, y no es constitucional si tan solo se leyeran los dos siguientes artículos: el 5° y el 6°.
El artículo 5° reconoce el régimen de la propiedad conyugal en común, que es la sociedad de gananciales, para que pueda ser aplicado a una figura que no es matrimonial: “La unión estable de un varón y una mujer, libres de impedimento matrimonial, que forman un hogar de hecho”.
Si la el matrimonio en la Constitución hubiese sido concebido con miras a permitir que sean contrayentes los homosexuales. La redacción de este artículo 5 no hubiera exigido que la unión de hecho sea sólo para varón y mujer; ya habría insinuado lo que hoy se vende como la “unión civil”, o sea, esa falsificación del nombre del matrimonio para su aplicación a los homosexuales.
Una lectura objetivamente comprensiva de los artículos 4 y 5 de la Constitución, conducen a interpretar que el matrimonio, para la Constitución Política del Perú, es entre un varón y una mujer.
De otro lado, el texto constitucional es reiterativo de que el matrimonio sólo es para varón y mujer, con el artículo 6, que precisa los alcances del Estado en política de población al señalar “como objetivo difundir y promover la paternidad y maternidad responsables” y establecer que “reconoce el derecho de las familias y de las personas a decidir”.
Es decir, constitucionalmente se prescribe que el matrimonio tiene un fin procreativo, del que de por sí carecen las parejas homosexuales.
Sin embargo, el aventurerismo jurídico de ciertos grupos de intereses, golpea publicitariamente con constancia, para introducir el matrimonio gay en nuestra Patria.
Tanto el Poder Ejecutivo y el Parlamento, deben tener presente la solemne declaración de compromiso que obliga a todas las instituciones estatales, incluyendo al díscolo Tribunal Constitucional, y al que ideológicamente encarna el polémico Presidente del Poder Judicial y su comisión anticonstitucional promotora de la justicia de género. Ellos deben repasar el artículo 233 del Código Civil: “La regulación jurídica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento, en armonía con los principios y normas proclamados en la Constitución Política del Perú.” Y, así, cesar con maquinar su debilitamiento.
Los funcionarios del Estado deben entender, con diccionario en mano, que “consolidar” es dar firmeza y solidez a la familia, que incluye el matrimonio. Fortalecer también significa “volver a juntar lo quebrado o roto para que quede firme”.
Si los funcionarios del Estado hablaran en castellano, como lo ordena el artículo 48 de la Constitución, dejarían de usar la palabra “género” para referirse a los seres humanos. Hablarían con propiedad, usando la palabra sexo. Tal como así lo ha prescrito desde el año 2012, la Real Academia Española.
El problema no es si la “ideología de género” existe o no. El problema es usar la palabra “género”.

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 25 de mayo de 2018, p. 6

viernes, 18 de mayo de 2018

El rol estatal y la violencia - La Razón


El rol estatal y la violencia
SERGIO TAPIA T.

            La violencia es la reacción irracional de, quien presa del enfado se irrita incontroladamente, estimulándose a sobrepasarse del control que debería tener sobre sus actos, causando el mal a otro. Es una respuesta agresiva, que daña, hiere o lesiona, y hasta mata. Es un estado pasional, estimulado por el odio o la irritación desmedida, que incita sin límites a toda clase de transgresiones. Para Dante Alighieri, es un deseo de obtener justicia pero pervertido por la venganza o el resentimiento.
            Para medir lo extendido de la violencia que anida entre nosotros, basta observar a los conductores de vehículos que, inamistosos con todos, abusan de palabra y de obra inobservando la cortesía y la urbanidad, e incumpliendo las reglas de tránsito.
            Los estudios sobre la violencia del ser humano se remontan a los clásicos griegos, quienes con afán se volcaron a conocer al hombre mismo. La ira es vicio capital, fuente de graves perturbaciones de conducta. El avance de las ciencias revela que la ira produce cambios psicológicos y biológicos, y afecta la moralidad de los actos humanos. La ira es el descontrol de todo el ser.
La violencia, el abuso y la crueldad están muy extendidas en nuestros días, afectando el matrimonio, la familia, las relaciones laborales y la vida social.
Estamos sumidos en un relativismo que reduce lo sustancial a algo opinable. Lo que produce el imperio del libertinaje y la amoralidad de los actos humanos. Con consecuencias como la pérdida de la noción del mal, la carencia del concepto objetivo del bien y de lo bueno; así como, el extravío de intentar lo que no debe ser permitido ni tolerado.
            No es “la” solución reformar leyes penales. Es imprescindible rescatar al hombre mismo. Porque la persona es la llamada a conocer, comprender, respetar y cumplir la ley.
            En los últimos cinco años se han emprendido cuatro grandes reformas penales, incrementando significativamente las condenas. En promedio, una reforma cada año y dos meses. Todas se propusieron “erradicar” la violencia. Ninguna de las tres primeras ha logrado extinguirla, y ni siquiera disminuirla. La última está por concluir su proceso de formación y promulgación.
En el 2013, mediante la ley 30068, se promovió la erradicación de la violencia contra la mujer. En el 2015, con la ley 30364, se reguló la protección penal contra el feminicidio y en pro de la integridad familiar. En el 2017, mediante el Decreto Legislativo 1323, el Poder Ejecutivo sumó a lucha contra la violencia el agregado de “la violencia de género”. La semana pasada se aprobó un proyecto de ley elevando las condenas por violencia familiar.
Esa expresión, “violencia de género”, porta un significado ideológico y por lo tanto distorsionador.
Desde el 2012, aplicar la palabra “genero” a los seres humanos está semánticamente proscrito por la Real Academia de la Lengua (RAE), en razón de que las personas tienen sexo (varón y mujer), y no son clasificables por género (masculino, femenino y neutro).
            Muchas de las autoridades políticas y la burocracia estatal, deberían repasar castellano, para que se abstengan de emitir planes y programas cargados de barbarismos, incorrecciones lingüísticas y vocablos impropios, como lo es el uso del “genero” para aplicarlo a los seres humanos.
Para respetar la prescripción constitucional que el castellano es el idioma oficial de la República, nuestros funcionarios deben ser cuidadosos en el hablar y el escribir bajo las reglas del castellano, lo exige el artículo 48 de la Constitución.

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 18 de mayo de 2018, p. 6

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viernes, 11 de mayo de 2018

A la Antártida con la Marina - La Razón


A la Antártida con la Marina
SERGIO TAPIA T.

            La Antártida o la Antártica es considerado continente desde el siglo IV antes de Cristo, como se verifica en Aristóteles mediante su “Meteorológicos”, obra de geofísica que motivó el interés de Santo Tomás de Aquino para comentarla en texto propio, en el siglo XIII de la Cristiandad (antes del descubrimiento de América en el siglo XV).
            En la Antártida se ubica el Polo Sur. Su nombre deriva del griego, indicando el lugar de la tierra opuesto (“an”) al Ártico o Polo Norte. Este antecedente remoto de su existencia, influyó en los cartógrafos para considerarlo en los mapas de navegación, muchos siglos antes de su descubrimiento y exploración. Aunque es el último lugar de la tierra en el que el hombre se ha hecho presente.
            Hace 30 años, en 1988, llegó la primera expedición peruana a bordo del buque de investigación científica “Humboldt”, operado por el IMARPE con tripulación de marinos de guerra. Por supuesto que sobran motivos para rememorarlo, de ahí que nuestra Marina de Guerra del Perú exhibe hasta el próximo 25 de mayo la muestra fotográfica “El Perú en la Antártida: 30 años después” (en la Sala de Arte Moderno de Larcomar), que no puede dejar de espectarse.
            El Perú es antártico por historia, por clima y por biología, y nuestra institución naval, sabe apreciarlo y difundirlo.
            Para quienes desdibujan al Perú idealizándolo miopemente al negar su mestizaje de continuidad histórica entre lo Inca y lo Hispano, y creen que hay un salto histórico-cultural desde el asesinato de Huáscar el legítimo Inca, por el invasor Atahualpa que nunca llegó a ser coronado Inca en el Cuzco. Esta corriente indigenista brinca del 1533 al 1820. Porque quiere desconocer el ingrediente de la peruanidad asentado durante los 300 años que se fraguó el mestizaje cultural con los elementos hispánicos de nuestra cultura nacional. El indigenismo anti-hispanista es equivocado por cercenar uno de los elementos característicos de la peruanidad: el ingrediente religioso. Que se expresa en los “santos peruanos” como la criolla Santa Rosa de Lima o el mulato San Martín de Porres, así como en la participación popular en las procesiones del Señor de los Milagros con origen en la comunidad angoleña del siglo XVII.
            El Perú es nación mestiza, con elementos pre-hispánicos y cristianos, y de ahí recogemos los precedentes históricos que otorgan derechos antárticos al Perú de hoy. Diversas expediciones marítimas partieron del Callao, como en 1567 (a los 32 años de la fundación de Lima) la primera expedición al Sur de Océano Pacífico con intención de arribar a la “Tierra Desconocida del Sur”, bajo el comando de Álvaro de Mendaña, aunque las exploraciones marítimas lo condujeron a las islas Salomón, Guadalcanal y muchas otras. En 1600 (al concluir el Siglo XVI), zarpó la Armada del Mar del Sur bajo el mando de Gabriel de Castilla, con un fin punitivo contra piratas holandeses, arribando a las actuales islas Shetland del Sur en la Antártida. En 1606 sale una armada al mando de Pedro Fernández de Quiroz, para tomar posesión de todas las tierras hasta el Polo Sur.
Estas expediciones emprendidas desde el Nuevo Mundo hacia la Antártida tuvieron eco en la Península europea, en los versos “Canto de Caliope” de Miguel de Cervantes, en 1615.
Consta también, en 1780, por José Gabriel Condorcanqui al asumir como Tupac Amaru II el juramento como “Rey del Perú, San Fe, Quito, Chile, Buenos Aires y Continentes de los Mares del Sur”.
Tenemos, pues, mucha historia que nos vincula con la Antártida, y que nuestra Marina de Guerra sabe cómo preservarla diestramente. Porque, desde 1988 realiza expediciones anuales, con el BIC “Humboldt” construido por la industria naval peruana (SIMA), y desde este último verano de 2018 ha  reemplazado con la nave oceanográfica polar BAP “Carrasco”.
Así, con nuestro Poder Marítimo aseguramos la presencia del Perú en la Antártida mediante la base científica que en el 2013 fue visitada por el presidente del Perú, y preservando las garantías jurídicas del tratado antártico del cual el Perú es uno de los 28 Estados consultivos con derecho a veto.

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 11 de mayo de 2018, p. 6

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lunes, 7 de mayo de 2018

Imposición de la justicia de género - La Razón


Imposición de la justicia de género
SERGIO TAPIA T.

Decíamos que la lengua castellana, regulada en su morfología y sintaxis por la Real Academia Española y las Asociaciones de Academias de decenas de países iberoamericanos, ha sido reemplazada por un habla originada en la más sórdida profundidad de los complejos ideológicos.
He constatado documentación de ministerios como el de Justicia y Derechos Humanos, y se escuchan anuncios desde el Poder Judicial, del intento de practicar una profunda transformación lingüística, por considerarse que tal como hablamos, expresamos discriminación por razón del sexo, en desmedro de la visibilización de la mujer, y en abono a la sobre exposición universal masculina.
El problema que está ocurriendo en el Estado es que al dejar de expresarse en castellano, contrarían e incurren en infracción al artículo 48 de la Constitución, que regula el idioma oficial del Perú, estableciendo que es el castellano.
Pues, el uso y la regulación de dicho idioma castellano, reposa en las decisiones de la Real Academia de la Lengua y en la Asociación de Academias correspondientes de cada país iberoamericano.
Y, curiosamente, todas ellas, sobre el tema de la discriminación sexual en el idioma por el empleo universal del masculino para involucrar los dos sexos -femenino y masculino-, tienen conclusiones totalmente diferentes y contrarias a quienes sostienen las posiciones ideológicas de “género”.
Para los lingüistas hay un acuerdo general respecto a que no es discriminador contra la mujer que en el castellano, así como en otras lenguas, se opte por el uso marcado del masculino, para designar los dos sexos.
En el libro de José Martínez “El lenguaje de género y el género lingüístico”, se califica de “déspotas éticos”, a quienes sin autoridad alguna en materia lingüística, califican de discriminador el uso genérico del masculino para abarcar al sexo femenino.
Es de lástima que en el conjunto de nuestros jueces que pertenecen al sistema Republicano democrático, algunos de ellos se hayan embriagado con la ideología del “género”, y han derivado en déspotas éticos. Y, que si continúan en esa dirección, incurrirán en infracciones contra el referido artículo 48 de la Constitución sobre el castellano como idioma oficial del Perú.
Las altas autoridades del Poder Judicial, y los Ministros de Estado en los sectores de su competencia, deberían revisar con qué idioma se escriben las sentencias y resoluciones, y los documentos del Poder Ejecutivo,
Y, de insistir en sus afanes la malhadada Comisión de Justicia de Género, instalada erróneamente en la Corte Suprema; habrá de requerir a las más altas autoridades del Poder Judicial, que inviten a los jueces comprometidos en ello, a cesar en afanes ideologizados y dediquen su tiempo a la función jurisdiccional que les corresponde, cuya productividad es descuidada a causa de impropios menesteres.

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 4 de mayo de 2018, p. 6

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sábado, 5 de mayo de 2018

"Justicia de Género" y extravagancias judiciales - La Razón


“Justicia de Género” y extravagancias judiciales
SERGIO TAPIA T.

Todavía el país no se acostumbra a soportar que los jueces dediquen su tiempo laboral a temas que están fuera de lo que les corresponde obrar como tales.
Hay fundada indignación, por la bajísima productividad de los servicios de justicia que la ciudadanía debe de tolerar. El Poder Judicial no es capaz de atender la demanda de sus servicios, carece de prontitud, y si hace algo muchas veces es poco transparente por ausencia de honestidad.
En nuestra administración de justicia hay sobreabundante desidia que genera incumplimiento negligente. En ocasiones los trámites “caminan”, en virtud del compadrazgo bajo cuya sombra surgen “servicios especiales”. Y, no podemos omitir el abismo de la corrupción, cuyos niveles son de metástasis.
Nuestro Poder Judicial reencarna al titán Cronos, porque las malas prácticas devoran a cuantos ingresan al servicio judicial, salvo honrosas excepciones.
En este contexto no es grato el insistente perifoneo del Presidente del Poder Judicial. A quien no se le ve que inste al sector del Estado confiado a su responsabilidad, para que produzca, y produzca bien. Sino, con su peculiaridad el Presidente del Poder Judicial, expresa opiniones fuera de la órbita de sus responsabilidades de judicatura, y hasta en afectación a lo que es la celosa esfera de la autonomía y libertad de conciencia de los jueces. Como cuando opinó desgarbadamente en favor de una de las partes, en un litigio que aún –hasta la fecha– no ha sido resuelto por la sala suprema que exclusiva y excluyentemente conoce del caso, sin que él sea el juez natural.
En la semana que va, Duberli Rodríguez se ocupó de razonar sobre las bondades de tener un Parlamento con dos cámaras, en lugar de continuar con el actual diseño unicameral.
Pero, qué le importa al presidente de todos los jueces distraer su atención en hablar de cómo debería ser la transformación del Estado y cómo debería ser en otro Poder del Estado ajeno totalmente al suyo. En contraste, no lo escuchamos -desde que asumió el cargo-, hace un año y cuatro meses, alguna idea reformadora para superar tantos males que sufre el Poder que él preside, y que a tantos ciudadanos mortifica su inoperancia.
Y, en ese contexto, también, en esta semana salió fuera de la cancha jurisdiccional, la juez suprema Elvia Barrios, que ya hace un tiempo se inclinó a presidir una ilegítima iniciativa, la “Comisión de Justicia de Género”. Curiosamente ella fue contrincante electoral de Duberli Rodríguez, quien ganó la presidencia del Poder Judicial. Es decir, la Dra Barrios Alvarado es una vocal suprema que ha mostrado una primera inclinación para asumir la presidencia de este Poder del Estado, y podría intentar insistir en esta apetencia.
Volvamos a la malhadada iniciativa de la “Comisión de Justicia de Género”. La que desde su nombre, “Género”, contradice el idioma castellano, porque la Real Academia de la Lengua el 1 de marzo del 2012 aprobó por unanimidad un documento sobre el uso de ese término, estableciendo que las personas tienen sexo, pero las cosas y las formas gramaticales son las que tienen género. Por lo que no es gramaticalmente correcto aplicar la palabra género, para distinguir varones y mujeres.
Resulta entonces que, nuestros jueces ya no hablan castellano, y administrarán justicia “de género”. Eso significa que emitirán resoluciones con infracción al artículo 48 de la Constitución, que establece que el idioma oficial es el castellano. Idioma cuyo uso y regulación reposa en la Real Academia de la Lengua y en sus Academias correspondientes de cada Nación de Iberoamérica.
Se requiere un curso de gramática castellana a los jueces de esa infeliz iniciativa de la “Justicia de Género”.
Ya volveremos sobre esto.

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 27 de abril de 2018, pág. 6

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