domingo, 25 de febrero de 2018

La Corte IDH y sus contradicciones - La Razón


La Corte IDH y sus contradicciones
SERGIO TAPIA T.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) acaba de publicar una segunda Resolución fechada también el 8 de febrero, pero publicada una semana después de esa otra resolución del 8 de febrero con la que agravió nuestro Congreso Nacional, al intentar amputarle una de sus tres tareas esenciales: Investigar.
Ahora se devela que el 8 de febrero la Corte IDH expidió dos resoluciones, contradictorias. La que publicó el viernes 9 de febrero, ordenando al Congreso archivar la investigación contra 4 de los miembros del TC, denunciados por ciudadanos por infracciones a la Constitución y por delito de Prevaricato. La que publicó el viernes 16 de febrero, desestimando la entrega de cadáveres de internos por terrorismo a sus familiares y a la “Asociación de Familiares de Desaparecidos y Víctimas del Genocidio” (AFADEVIG), órgano de fachada de Sendero Luminoso.
Ambas resoluciones guardan similitudes. Las dos se emiten con ocasión de una audiencia de supervisión de cumplimiento de sentencia, pero ninguna se pronuncia sobre el cumplimiento de la obligación de investigar, y del cumplimiento de juzgar que el Estado viene realizando. La Corte pone más oído a las ONGs, que a los informes de las entidades estatales pertinentes.
Lo grave es que la Corte adopta Medidas Provisionales, en una etapa procesal que no corresponde. El juez chileno ha cuestionado duramente al resto de la Corte por haber adoptado decisiones contra lo preceptuado en el tratado. Y, el juez colombiano ha censurado el poder omnímodo de la Corte IDH, que ilícitamente introduce nuevos hechos y agrega nuevas víctimas, en un caso terminado, cuya sentencia no puede alterarse.
La Corte adoptó medidas provisionales a favor de la estabilidad laboral de 4 miembros del TC que no son parte del proceso, y fueron representados por el IDL que no acreditó representarlos. La racionalidad está ausente cuando se transforma en grave, urgente e irreparable el ejercicio de un puesto de trabajo entre las altas autoridades del Estado. La Corte los ha cubierto con impunidad absoluta. Ni investigarlos se puede. Qué contraste con el Caso de los 3 del TC, de los años 90s, que fueron repuestos en sus empleos e indemnizados, pero no hubo calificación de extrema gravedad, mucha urgencia, ni de ser irreparables.
La otra resolución desestima la solicitud porque no son partes en el Caso. Los familiares de los 8 internos por terrorismo fallecidos en el motín armado de El Frontón, piden que se mantenga el Mausoleo en Comas, que se entreguen los cadáveres de los internos por terrorismo de El Frontón, y además de Lurigancho y de la Cárcel de Mujeres del Callao. Que los cadáveres no identificados se entreguen a la AFADEVIG, la que en el mes de su fundación (julio de 2001) afirmó mediante una Carta: “el punto de partida debe ser el expreso reconocimiento de que (…) el Partido Comunista del Perú bajo la jefatura de nuestro querido y respetado presidente Gonzalo desenvolvió una Guerra Popular…”. Estos embajadores de Sendero Luminoso en la Corte IDH tomaron el uso de la palabra con prepotencia y sin ningún obstáculo, el mexicano presidente fue condescendiente. La intervención senderista en la audiencia, fue aplaudida por la ecuatoriana Arosemena, representante de la Comisión que preside el peruano Francisco Eguiguren. La representación del Estado, de responsabilidad del Ministro de Justicia, guardó silencio cómplice.
Nuestro Congreso rechaza la prevaricadora resolución de la Corte, por ser inejecutable. Los cinco de la Corte quebrantan el tratado, y fulminan cinco artículos constitucionales: 31 recortar derechos a los ciudadanos, 93 los congresistas no están sujetos a mandato imperativo, 97 la investigación por el Congreso de cualquier asunto de interés público, 99 el juicio político y 100 el levantamiento del fuero. Todos los peruanos estamos obligados a cumplir y defender nuestra Constitución (art. 38), la paradoja es que el torbellino lo causan con suma irresponsabilidad los 4 del TC cuestionados, cuya función directa es velar por la Constitución. En tanto, los cinco arrogantes jueces de la Corte embisten el artículo 45 de la Constitución, al arrogarse poderes de Estado del que carecen.

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 23 de febrero de 2018, p. 6
http://larazon.pe/2018/02/23/la-corte-idh-y-sus-contradicciones/

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sábado, 17 de febrero de 2018

Resolución de marras - La Razón


Resolución de marras
SERGIO TAPIA T.

El viernes 9, desde Costa Rica, se emitió en las primeras horas de la tarde una resolución por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), destinada al Perú, por la que 5 jueces contra el criterio absolutamente divergente de otros 2 jueces, se dispuso que el Congreso peruano archivase la investigación dispuesta por los artículos 99 y 100 de la Constitución, solicitada por 11 ciudadanos que formalmente satisficieron todos los requisitos exigidos. Sin embargo, para 5 de los jueces de la Corte IDH, tal solicitud debía haber sido declarada improcedente, y como no había sido así, adoptó tan imperativa resolución.
Repasemos qué opina la Corte IDH de sí misma (es decir, de los 5 que adoptaron esa Resolución mencionada, consabida, referida  o de marras), por la pluma de sus dos miembros disidentes.
De un lado, el juez chileno Eduardo Vio Grossi, que cumple su segundo mandato de seis años en la Corte IDH, por reelección de la asamblea general de la OEA, sostiene que la Corte IDH mediante la Resolución del 9 de febrero ha pretendido sustituir al Congreso peruano. Los 5 jueces de la Corte IDH han favorecido a los 4 miembros del Tribunal Constitucional (TC) dándoles estabilidad laberal, como si fuesen las víctimas del Caso El Frontón, cuando no lo son. Si las sentencias de la Corte IDH son “definitivas e inapelables” según el artículo 67 del tratado (Pacto de San José o Convención Americana sobre Derechos Humanos), con esta Resolución se crea el precedente para cambiar y modificar toda otra sentencia, prolongando los juicios mediante “Medidas Provisionales” lo que es inadmisible. Sólo hay dos escenarios en los que se pueden adoptar Medidas Provisionales: (i) Antes que el caso sea de conocimiento de la Corte IDH, lo que requiere que sea la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) quien las solicite a la Corte IDH; (ii) Cuando el caso es de conocimiento de la Corte IDH ésta puede adoptar Medidas Provisionales. Pero, el Caso El Frontón ya dejó de ser de conocimiento de la Corte IDH, porque ya fue sentenciado. Y, si hubiere el día de mañana un caso por los 4 del TC, se configura la necesidad de que las medidas sean solicitadas por la CIDH, lo que no sólo no ha ocurrido, sino que la propia CIDH por escrito y, para que no quepan dudas, oralmente durante la audiencia del día 2 de febrero, dijo que si bien desde el 12 de octubre de 2017 había recibido una solicitud de medidas provisionales de los 4 miembros del TC, no las había terminado aún de evaluar. Pero, ¿quién pidió las medidas provisionales, entonces? El ong IDL, capitaneado por Carlos Rivera, defensor de los internos por terrorismo en El Frontón. Pero, el IDL no acreditó tener la representación de los 4 del TC, por lo que la solicitud no cumplía los requisitos. La Corte IDH en nombre de la independencia judicial, ha negado la independencia al Congreso del Perú, para que realice una de sus tres funciones esenciales: investigar y sancionar por infracciones a la Constitución en las que incurran las más altas autoridades del Estado (entre otros, los del TC)
De otro lado, el juez colombiano Humberto Sierra Porto, cumple su último año del primer período de juez de la Corte IDH, acaba de concluir su período de presidente de la misma. En su voto disidente, afirma que no se cumplieron los requisitos para adoptar Medidas Provisionales, y las que se han adoptado no corresponden a quienes son víctimas declaradas en la sentencia del Caso El Frontón, sino a 4 miembros del TC que son extraños .No hay relación entre el Caso El Frontón y las medidas de protección adoptadas. La Resolución no dispone ninguna Medida Provisional, son medidas definitivas. La Corte IDH en Medidas Provisionales adoptadas después de la sentencia, asume competencias omnímodas para introducir nuevos hechos y nuevas víctimas.
Por boca (o pluma, más bien) de sus propios miembros, la Corte IDH ha adoptado una Resolución prevaricadora, nula, de imposible ejecución. Por lo tanto, el Estado peruano –legítimamente- no está obligado ni jurídicamente, ni moralmente, en cumplir ni acatar esa Resolución de marras.

Publicado en el diario La Razón, Lima, viernes 16 de febrero de 2018, p. 6

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El rechazo de las Américas a la Corte Interamericana - La Razón


El rechazo de las Américas a la Corte Interamericana
SERGIO TAPIA T.

            El signo del año 1969 en las Américas fue el inflexión del quehacer revolucionario comunista, entre la fracasada opción de las guerrillas en las zonas rurales a la práctica del terrorismo urbano, que es un delito atroz, indiscriminado, cometido por los comunistas contra ciudadanos inocentes.
            La región europea y Japón en el Asia, habían logrado su plena reconstrucción económica y de infraestructura, al cabo de 20 años de concluida la II Guerra Mundial. Y, asumieron la mentalidad de vida yanqui.
Pero, aún eran años de competencia ideológico-política entre el liberalismo (encarnado en los EEUU) y el socialismo marxista promovido por la URSS, con Cuba su peón para la región latinoamericana. Se sentía la exportación del modelo comunista chino, que promocionaba como instrumento revolucionario el delito de terrorismo.
En el Perú habíamos salido victoriosos de las experiencias guerrilleras de los años 60s, promovidas por esa agencia comunista que aún es Cuba. Aunque, paradojalmente, iniciábamos la terrible experiencia de la imposición del socialismo desde el gobierno militar velasquista (1968-1975).
En ese contexto político-ideológico, se elabora y firma la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), que creó la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH; con sede en Costa Rica) y modificó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH, con sede en Washington), que ya venía funcionando desde 1959.
Este nuevo sistema de derechos humanos demoró en instalarse hasta 1979, cuando fue ratificada la CADH por un número mínimo de Estados así exigido. La primera composición de la Corte IDH estuvo integrada por un jurista peruano, el Contralmirante AP (CJ) Máximo Cisneros Sánchez (el primer abogado asimilado ascendido a Contralmirante). Esa Corte IDH, por los hombres que la integraron, fue una digna institución de la Organización de los Estados Americanos (OEA).
Luego en los años 80-90, como consecuencia de la caída del Muro de Berlín, los gobiernos comunistas que sobrevivieron asumieron el liberalismo económico, abandonando el economicismo estatista de Marx que los había despeñado a un mayúsculo fracaso en todos los países en que se aplicó, como en Chile con Allende y Chávez-Maduro en Venezuela y con los Castro en Cuba, así como con los Kirchner en Argentina.
Los comunistas se las arreglan para seguir gobernando aún en varios países, mediante un sistema mixto: Economía liberal, con gobierno unipartidario marxista, como en China y Viet-Nam, entre otros. Algunos se han sumergido en la corrupción más espantosa, como en Brasil los gobiernos de Lula-Rousseff, país que es sede del reimpulso pro-comunista en la región mediante el Foro de Sao Paulo.
En el Perú de Ollanta Humala y en Bolivia de Evo Morales, son otras expresiones de gobiernos comunistas, con liberalismo económico y políticas-culturales comunistas. Favoreciendo las nuevas estrategias inspiradas en la Escuela de Frankfurt y en Gramsci.
En este actual contexto político-ideológico, la Corte IDH y la CIDH, así como las estructuras burocráticas sensibles a temas sociales y culturales de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y de la OEA, han sido paulatinamente tomadas por cuadros ideologizados. Los que tratan de imponer la concepción antropológica marxista, sustituyendo la dialéctica al interior de las empresas expresada en “capitalistas vs. obreros”, por la dialéctica en el seno de la familia expresada en “varón vs. mujer” y en la destrucción de la masculinidad y la femeneidad sustituyéndolas por la ideología de género.
En este contexto, se entiende por qué la Corte IDH aprobó en términos de ideología de género, con la excusa de atender una solicitud del gobierno de Costa Rica, la Opinión Consultiva 24-17, divulgada a partir del 9 de enero, con la pretensión de imponer en las Américas el matrimonio homosexual, como derecho humano.
El derecho y la justicia, deben ser aplicados presididos por la virtud de la Prudencia. Cuando esta virtud está ausente, pasa lo que le ha sucedido a la Corte IDH: El rechazo del pueblo a sus sentencias ideologizadas. Como ha ocurrido en Costa Rica, que la reacción ciudadana que cree y defiende los valores y la familia, votó mayoritariamente el pasado domingo por el candidato Fabricio Alvarado, por ser quien defendía desde el inicio las virtudes y los valores con los que el pueblo se identifica, expresados en que el único matrimonio legítimo es el de la unión conyugal heterosexual.
Resultará un compromiso para Fabricio Alvarado si en abril es elegido presidente de Costa Rica, pues, deberá devolver el triunfo que logre con un gesto para su pueblo: Rompiendo el acuerdo de Costa Rica para seguir siendo país sede de la Corte IDH.
De todas maneras, sea cual fuese ese resultado, los Estados de las Américas deben sin demora asumir la reforma del sistema interamericano de derechos humanos. La Corte y la Comisión deben ser disueltas y refundadas. Esa es la voz.

Publicado en el diario La Razón, Lima, viernes 9 de febrero de 2018, p. 6

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Impacto de la visita del Papa - La Razón


Impacto de la visita del Papa
SERGIO TAPIA T.
            El Papa estuvo entre nosotros el mes pasado, hace quince días. Su impacto ha sido gravitantemente expresado mediante la multitudinaria y sostenida afabilidad en la recepción por las mayorías, por la importancia histórico-social del catolicismo en el Perú, por los mensajes que el Papa nos ha dejado durante los cuatro días que acampó entre nosotros.
            La visita del Obispo de Roma al Perú, fue ocasión de una eclosión social de multitud. No sólo por el lleno de los lugares elegidos para las concentraciones en Lima, Puerto Maldonado y Trujillo. Si no, porque las calles por las que el Papa transitaría, estaban colmadas de gentes que se sentían satisfechas tras largas horas de espera y de resistencia ante los factores físicos perturbadores, tan sólo para verle pasar por unos muy pocos segundos en su veloz “papamóvil”, cuando no en otro vehículo sin adecuaciones singulares. No sólo hubo 750 mil fieles en la Santa Misa de Huanchaco, o mucho más de un millón en la de Las Palmas (Surco). Hay que sumar a los de las calles y plazas, por las que el Papa transitaba haciendo sus recorridos para ir a uno que otro de los compromisos. Sin omitir la multitud que durante cuatro días y tres noches veló las inmediaciones de su alojamiento en la Nunciatura.
            El fiel católico de hoy ha testimoniado que constituye un inmenso consenso mayoritario activo. Dato que sociológicamente es de destacar para el cultivo religioso, el respeto prudencial en la adopción de las decisiones políticas y para las configuraciones de nuestras estructuras jurídico-sociales. En el nombre de una Nación Cristiana con suma preponderancia católica, ser coherente con la libertad de conciencia y de religión, exige no menospreciar la capital proporcionalidad del catolicismo peruano. Pues, si verdaderamente “de lo que el pueblo quiere” se nutren las decisiones políticas, el dato sociológico de la mayoría católica es determinante, y no se puede menoscabar a riesgo de trastocar y mancillar la legitimidad de toda política pública y regulación jurídica, que ignore de donde viene y por donde aspira dirigirse la inmensa mayoría de peruanos.
            Nuestro orden político-social pasa por circunstancias adversas e insólitamente es atentatorio del bien común. El modo peruano de hoy, en la actuación política, no califica bien. Estamos en una inexorable pendiente hacia la oclocracia, porque a los que gustan acceder a cargos políticos –electorales o por nombramiento administrativo–, carecen de idoneidad, no ejercen con eficacia, no hacen de su función un servicio a la Nación. Además, que incurren hasta los límites de haber exacerbado: el delictivo típico de los funcionarios públicos, el anti-testimonio ético -público y privado-, y el facilismo prevaricador.
            El Papa ha dejado todo un portentoso material de doctrina-social-aplicada para el momento que atravesamos. Nos caracterizamos por la paradoja de ser una Patria con buen legado histórico (“tierra ensantada” dijo S.S. el Papa  Francisco, en un giro muy propio del modo de expresarse argentino), pero que carece de elites socio-político-culturales por la ignorancia supina de quienes ocupan roles sociales de dirección. Esto repercute en grave daño en perjuicio de un pueblo digno, que espera paciente el surgimiento del liderazgo del que hoy carece. Culpa de esta inoperancia político-social es de los que debiendo ser los mejores, compiten por ser de la peor especie.
            La visita del Papa es un legado sin término. Podemos decir con convicción, que recién empezará a dar sus frutos, en la medida que sigamos la lección de la parábola del sembrador: “Salió un sembrador a sembrar y la semilla cayó en tierra…. buena”.

Publicado en el diario La Razón, Lima, viernes 2 de febrero de 2018, p. 6

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