jueves, 4 de enero de 2018

¿Es legítimo controlar los excesos de los miembros del TC? - La Razón

¿Es legítimo controlar los excesos de los miembros del TC?
SERGIO TAPIA T.

            La corrupción hiere todos los niveles del Estado Republicano, y los controles no funcionan, por inoperancia, por connivencia entre investigados y autoridades sancionadoras, por indiferencia ciudadana, por la fuerza de la mismos corruptos.
            Sin embargo, el artículo 99 de la Constitución establece que ante el Congreso son susceptibles de ser acusados por infracción de la Constitución y por todo delito: el presidente de la República, los congresistas, los ministros de Estado, así como los miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo Nacional de la Magistratura, los vocales de la Corte Suprema, los fiscales supremos, el Defensor del Pueblo, así como el Contralor de la República.
            Tales denuncias constitucionales las puede presentar cualquier ciudadano (¡qué democrático es este control!). No se requiere intermediación de ningún órgano del Estado. Por ejemplo, para llegar a denunciar penalmente un ciudadano a otro ciudadano, no puede recurrir directamente al Poder Judicial, necesita la intermediación del Ministerio Público. Para que una persona pueda acceder a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Costa Rica), requiere presentarse previamente a la intermediación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Washington).
            Pues, para denunciar a las más altas autoridades del Estado no se requiere número de firmas ciudadanas, ni intermediaciones. Ud., va y los denuncia ante el Congreso.
            Eso hicieron once marinos, personal subalterno de Infantería de Marina, y yo los acompañé como abogado.
¿Qué el Congreso es fujimorista y por eso están denunciando a los miembros del TC? Es una patraña. Ningún fujimorista ha intervenido en la denuncia que hemos presentado, tampoco porque el número de fujimoristas sea de alta proporción es que se ha presentado la denuncia constitucional. Los hemos denunciado por lo que han hecho: reabrir un proceso fenecido, alterar una sentencia ejecutoriada que venía gozando de la autoridad de cosa juzgada desde 4 años antes y haber pervertido el Tribunal Constitucional en doble instancia, además de todos los horribles cargos que los magistrados Urviola, Blume y Sardón les dicen a los 4 responsables, tal y como constan en sus votos por escrito. Además, están denunciados por delito de Prevaricato. Entonces, sea o no sea el Congreso de mayoría fujimorista, independientemente de ese hecho, los 4 miembros del TC incurrieron en infracción a la Constitución y en presunto delito.
Que los jueces no pueden ser juzgados por sus votos y resoluciones. Sí, pueden ser juzgados por ellos: el artículo 178 del Código Procesal Civil autoriza la nulidad de una sentencia cuando el proceso fue afectado por dolo, fraude, colusión; de otro lado, los artículos 509 y siguientes del mismo Código norman en el Proceso Abreviado el juicio por Responsabilidad Civil de los Jueces, causado por sus votos y por sus sentencias. Así es que esa pretendida impunidad de los miembros del TC, no es legal, ni constitucional.
Los magistrados que administran justicia son funcionarios públicos, que juramentan servir a la democracia, al pueblo, a cada ciudadano concreto porque el fin supremo del Estado es la persona.
Si un miembro del TC se sirve a sí mismo, a sus intereses ideológicos, a sus caprichos, a sus negociados, etc. Pero, no sirve a la Justicia, aplicando correctamente el Derecho y la Ley, entonces debe ser investigado por el Congreso. Esto no daña, esto mejora nuestro sistema republicano de gobierno.

Publicado en el diario “La Razón”, Lima, viernes 24 de noviembre de 2017, p. 6

Blog (colección artículos publicados en La Razón): http://sergiotapiatapia.blogspot.com/

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